Comentario a la Sentencia n. 19716 de 2024: Sanciones Administrativas y Poderes del Juez

La sentencia n. 19716 del 17 de julio de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre los poderes discrecionales del juez en el ámbito de las sanciones administrativas por violaciones del Texto Único Bancario (TUB) y del Texto Único de la Finanza (TUF). Este juicio aclara las modalidades de oposición respecto a la entidad de las sanciones y establece principios fundamentales para su aplicación.

El Contexto de la Sentencia

En el caso en cuestión, el recurrente S. (S. S.) ha impugnado una sanción administrativa impuesta por violación de las normas previstas por el TUB y el TUF. La Corte ha confirmado el poder discrecional del juez para cuantificar la sanción, subrayando que esto puede ocurrir dentro de los límites establecidos por la ley. De fundamental importancia es la consideración de la gravedad efectiva del hecho, que debe evaluarse teniendo en cuenta tanto los aspectos objetivos como subjetivos.

ENTIDAD: LÍMITE MÁXIMO Y MÍNIMO Oposición relativa a la entidad de la sanción administrativa pecuniaria por violación del TUB (d.lgs. n. 117 de 1985) o del TUF (d.lgs. n. 58 de 1998) - Poderes del juez - Contenido y Finalidad - Sindicabilidad en Casación - Exclusión - Condiciones. En el procedimiento de oposición relativo a la entidad de la sanción administrativa pecuniaria impuesta por violación del TUB o del TUF, el juez tiene el poder discrecional de cuantificar la entidad de la sanción dentro de los límites establecidos, con el fin de ajustarla a la gravedad efectiva del hecho concreto, deduciéndola globalmente de sus elementos objetivos y subjetivos y sin que esté obligado a especificar los criterios seguidos, debiendo excluirse que su decisión sea censurable en sede de legitimidad siempre que se hayan respetado esos límites y de la motivación surja que, en la determinación de la sanción, se ha tenido en cuenta los parámetros previstos por el art. 11 de la ley n. 689 de 1981.

Las Implicaciones de la Decisión

La Corte ha establecido que la discrecionalidad del juez no solo es legítima, sino necesaria para garantizar que la sanción sea proporcional respecto a la violación. Este principio es de gran relevancia ya que permite evitar que se impongan sanciones excesivas en situaciones en las que la gravedad de la violación no justificaría tales medidas. Además, la ausencia de obligación de motivación detallada sobre los criterios utilizados para la cuantificación de la sanción ofrece una mayor flexibilidad al juez.

  • Discrecionalidad del juez: fundamental para la proporcionalidad de la sanción.
  • Respetar los límites establecidos por la ley.
  • Evaluación de la gravedad de la violación: elementos objetivos y subjetivos.

Conclusiones

La sentencia n. 19716 de 2024 se inscribe en un contexto jurídico de creciente atención hacia la proporcionalidad de las sanciones administrativas. Confirma la importancia del poder discrecional del juez en la aplicación de las normas del TUB y del TUF, salvaguardando al mismo tiempo los derechos de los sujetos sancionados. En una época en la que la justicia administrativa está a menudo en el centro de debates públicos, esta decisión representa un paso adelante hacia un sistema más equitativo y justo, donde las sanciones se ajustan a la gravedad efectiva de los hechos.

Estudio Jurídico Bianucci