Descubramos la importante sentencia de la Corte de Casación sobre la falta de integración del contradictorio y el defecto de interés del actor vencido, con repercusiones significativas en la gestión del litisconsorcio necesario.
Analicemos la ordenanza n. 10367 de 2024, que aclara las modalidades de determinación del valor de la causa en caso de litisconsorcio facultativo, destacando la importancia de considerar solo la demanda de mayor valor para la liquidación de los honorarios.