La Corte Suprema, con la ordenanza n. 23095 de 2020, aclara las modalidades de prueba relativas a la notificación de las liquidaciones de pago, destacando la importancia de las copias fotostáticas y su validez en ausencia de impugnaciones formales.
La ordenanza n. 8858 de 2024 ofrece importantes aclaraciones sobre la caducidad de las cartas de pago y la normativa vigente, destacando la ausencia de prórroga para el plazo del 31 de diciembre de 2008.