Estudio Jurídico Bianucci
Competencia del Juez de Paz en las Pretensiones Crediticias: Comentario a la Ordenanza n. 15639 de 2024.

La ordenanza n. 15639 de 2024 de la Corte de Casación aclara la competencia del tribunal respecto a las reclamaciones de crédito en el ámbito de arrendamientos, excluyendo la competencia del juez de paz incluso para importes inferiores a cinco mil euros.