Análisis de la Sentencia n. 18625 del 08/07/2024: Libertad de Establecimiento y Juego de Azar

La sentencia n. 18625 del 08 de julio de 2024 de la Corte de Casación se inserta en un contexto jurídico complejo, relacionado con las restricciones impuestas por las legislaciones nacionales a la actividad de apuestas. Esta decisión pone de relieve las tensiones entre las normativas nacionales y las directivas europeas, en particular en lo que respecta a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios. En este artículo, analizaremos los contenidos de la sentencia y sus implicaciones.

El Contexto de la Sentencia

La causa enfrentó a una sociedad de apuestas inglesa, M. (J.), contra el Estado italiano, después de que este último negara el acceso a los procedimientos selectivos para el ejercicio de la actividad de apuestas. La Corte de Apelación de Roma, confirmada por la Casación, estableció que tal exclusión no violaba el derecho comunitario, justificándose a la luz de objetivos de interés general, como la lucha contra la criminalidad y la protección de los consumidores.

Principios Jurídicos Relevantes

Excepciones - Fundamento - Hechos. Las restricciones impuestas por la legislación interna de un Estado miembro al ejercicio de la actividad de recolección, aceptación, registro y transmisión de apuestas por parte de sociedades con sede en otro Estado miembro constituyen una violación de las libertades de establecimiento y de prestación de servicios de los arts. 49 y 56 T.F.U.E., si no están justificadas por motivos imperativos de interés general, tales como la protección de los consumidores, la prevención de fraudes y el fomento de gastos excesivos relacionados con el juego, así como, más en general, de perturbaciones del orden social, siendo los Estados miembros libres de fijar los objetivos de su política en materia de juegos de azar y de definir en detalle el nivel de protección buscado, con el único límite del respeto a las condiciones de proporcionalidad. (En el caso, la S.C. confirmó la sentencia de mérito que había rechazado la demanda de indemnización presentada por una sociedad de apuestas inglesa, que operaba en territorio italiano a través de una red de agencias, contra el Estado italiano, bajo el supuesto de que la exclusión del acceso a los procedimientos selectivos para la prestación transfronteriza de los servicios de apuestas - que la legislación italiana ratione temporis aplicable preveía para las sociedades de capital con participación accionarial dispersa - no constituía una violación del derecho comunitario, traduciéndose en una limitación a la libre prestación de servicios justificada en consideración de objetivos específicos, tales como la lucha contra la criminalidad y el control de las actividades de juego de azar).

Implicaciones para el Sector de las Apuestas

Esta sentencia tiene importantes implicaciones para las sociedades de apuestas que desean operar en Italia. Deben considerar que las restricciones relacionadas con el acceso al mercado pueden estar justificadas por la necesidad de proteger a los consumidores y prevenir fraudes. A continuación, algunos puntos clave:

  • El cumplimiento de las normativas nacionales es fundamental para el acceso al mercado italiano.
  • Las justificaciones de las restricciones deben ser proporcionales y bien fundamentadas.
  • Las empresas deben estar preparadas para demostrar su conformidad con las normativas de protección de los consumidores.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 18625 de 2024 representa un importante paso en la definición de los límites a la libertad de establecimiento en el sector de las apuestas. Las empresas deben ser conscientes de las restricciones vigentes y de las justificaciones necesarias para operar legalmente. Es fundamental que los operadores del sector comprendan estas dinámicas para navegar eficazmente en un mercado en continua evolución.

Estudio Jurídico Bianucci