Sentencia n. 14072 de 2024: La obligación de seguro para vehículos de motor en ámbito cerrado

La sentencia n. 14072 del 15 de febrero de 2024 de la Corte de Casación, presidida por F. M. CiamPi y con relatora A. L. A. Ricci, ofrece una importante interpretación sobre la obligación de seguro para los vehículos de motor utilizados en ámbitos cerrados, como obras o naves. Este pronunciamiento aclara cómo, incluso en ausencia de circulación en vías públicas, existe una obligación de cobertura aseguradora para la responsabilidad civil hacia terceros.

El contenido de la sentencia

La Corte ha afirmado que está sujeto a la obligación de seguro para la responsabilidad civil hacia terceros el vehículo de motor empleado de manera conforme a su función habitual, incluso cuando opera en un ambiente cerrado. Este principio se ha aplicado en el caso de una pala cargadora de neumáticos, dotada de matrícula y habilitada para la circulación, que causó una lesión a un trabajador dentro de un sitio de obra.

Circulación vial - Vehículo de motor utilizado de manera conforme a su función habitual - Obligatoriedad del seguro r.c.a. - Existencia - Lugar de la circulación - Irrelevancia - Supuesto. Está sujeto a la obligación de seguro para la responsabilidad civil hacia terceros derivada de la circulación vial el vehículo de motor, utilizado de manera conforme a su función habitual, que opere en un ámbito cerrado, como una obra o una nave, circulando, transportando personas o cosas, moviéndose o deteniéndose. (Supuesto en el que la Corte ha afirmado la existencia de la obligación aseguradora respecto a una pala cargadora de neumáticos, dotada de matrícula y habilitada para la circulación que, operando dentro de un sitio de obra, había atropellado a un trabajador).

Referencias normativas y jurisprudenciales

La decisión se basa en diversas referencias normativas, incluyendo el Decreto Legislativo 7 de septiembre de 2005 n. 209, que establece la obligación de seguro para los vehículos de motor, y el Código Civil, artículo 2054, que trata de la responsabilidad civil en caso de accidentes de tráfico. Además, se hace referencia a normativas europeas, como las Directivas del Consejo CEE, que han contribuido a definir el marco normativo en materia de responsabilidad civil y seguro.

  • Decreto Legisl. 07/09/2005 num. 209 art. 122
  • Decreto Legisl. 07/09/2005 num. 209 art. 144
  • Cod. Civ. art. 2054
  • Directivas del Consejo CEE 16/09/2009 num. 103 art. 3
  • Directivas del Consejo CEE 24/11/2021 num. 2118 art. 1

Conclusiones

Esta sentencia representa un paso crucial en la protección de los trabajadores y de las personas que operan en contextos cerrados. La obligación de seguro, incluso en ausencia de circulación en vías públicas, garantiza la protección necesaria para indemnizar eventuales daños causados por vehículos de motor. Es fundamental que los empleadores sean conscientes de tales obligaciones para evitar sanciones y, sobre todo, para garantizar la seguridad de sus empleados.

Estudio Jurídico Bianucci