Ordenanza n. 16107 de 2024: El derecho del mandatario a la compensación y la necesidad del cumplimiento

La reciente Ordenanza n. 16107 del 10 de junio de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema crucial en el derecho civil: la relación entre el mandatario y el mandante, con especial referencia al derecho del mandatario a la compensación y a los gastos. Esta sentencia ofrece importantes aclaraciones sobre la sinallagmaticidad del contrato de mandato, un aspecto que no puede ser subestimado en la práctica legal cotidiana.

El contexto de la sentencia

El caso en examen involucra a C. (IAQUINTA FRANCESCO) contra A. (CASTALDI FILIPPO), y se basa en la cuestión del derecho del mandatario a la compensación. La Corte ha rechazado el recurso de la Corte de Apelación de Nápoles, subrayando que el derecho del mandatario a la compensación y a los gastos no puede basarse en la mera alegación del contrato. En otras palabras, no basta con declarar haber realizado un servicio para poder solicitar una compensación; es necesaria la prueba del cumplimiento de las obligaciones contractuales.

La máxima de la sentencia

Contrato de mandato - Sinallagamaticidad - Derecho del mandatario a la contraprestación y a los gastos - Carga de la prueba - Meras alegaciones del título - Suficiencia - Exclusión - Ejecución del mandato - Necesidad - Fundamentación. El derecho del mandatario a la compensación y a los gastos no deriva de la mera alegación del contrato, siendo necesaria la prueba de su cumplimiento, pues en la estructura ejecutiva del mandato, regulada por una plena correlación, el mandatario está obligado a cumplir primero con su obligación para dar efectividad a la de su contraparte, el mandante.

Esta máxima resume perfectamente el principio de sinallagmaticidad que regula el contrato de mandato. En esencia, establece que el mandatario debe demostrar haber cumplido con sus deberes antes de poder solicitar una compensación al mandante. Este principio está en línea con las disposiciones del Código Civil italiano, en particular los artículos 1712 y 1713, que tratan sobre el contrato de mandato y las obligaciones de las partes.

Implicaciones prácticas y conclusiones

Esta sentencia tiene implicaciones significativas para los profesionales del derecho y para cualquiera que opere en el campo de las actividades profesionales. Es esencial que los mandatarios documenten adecuadamente el cumplimiento de sus deberes, para poder sostener eventuales solicitudes de compensación. A continuación, algunos aspectos clave a considerar:

  • Documentar cada fase del cumplimiento del contrato de mandato.
  • Estar preparados para proporcionar pruebas tangibles en caso de disputas.
  • Comprender que la mera afirmación de haber realizado un servicio no es suficiente para obtener una compensación.

En conclusión, la Ordenanza n. 16107 de 2024 representa una importante confirmación de los principios de derecho que regulan el contrato de mandato, destacando la importancia del cumplimiento de las obligaciones y el derecho del mandatario a demostrar su actuación. Esta sentencia debería servir de advertencia para todos aquellos que operan en el sector, para que presten atención a los aspectos documentales y probatorios relacionados con su actividad profesional.

Estudio Jurídico Bianucci