Comentario a la Sentencia n. 28013 de 2023 en materia de construcción y zonas sísmicas

La sentencia n. 28013 del 25 de enero de 2023, depositada el 28 de junio de 2023, representa un importante pronunciamiento de la Corte de Casación respecto a las infracciones en materia de construcción, en particular aquellas relacionadas con la realización de intervenciones en zonas sísmicas. En esta ocasión, la Corte ha analizado la configurabilidad de las infracciones previstas en los artículos 93 y 94 del D.P.R. 6 de junio de 2001, n. 380, destacando la necesidad de una verificación concreta del tipo de obra realizada.

El contexto normativo

El D.P.R. n. 380 de 2001 regula la actividad constructiva en Italia, estableciendo los procedimientos y las autorizaciones necesarias para la realización de obras, especialmente en zonas sísmicas. En particular, los artículos 93 y 94 se refieren a las sanciones administrativas por la falta de preaviso y autorización para intervenciones constructivas. La Corte ha reiterado que no basta con la ausencia de dichos requisitos para configurar la infracción; es necesaria una evaluación de las características de la obra y su clasificación.

La máxima de la sentencia

Infracciones por omisión de preaviso escrito de la ejecución de intervenciones constructivas en zona sísmica y de realización de la intervención en dicha zona en ausencia de la autorización prescrita - Configurabilidad - Condiciones. A efectos de la configurabilidad de las infracciones previstas respectivamente en los arts. 93 y 94 d.P.R. 6 de junio de 2001, n. 380, es necesaria la verificación concreta del tipo de obra realizada, debiendo comprobarse si, por las características estructurales que la caracterizan o por su clasificación, la edificación esté efectivamente subordinada al preaviso escrito por parte del contratante y a la autorización previa por parte de la Autoridad encargada del control. (Caso relativo a la realización, en un terreno destinado a garaje, de habitaciones mediante la mera edificación de tabiques internos, en el que se anuló la decisión de condena).

Esta máxima aclara que la simple falta de preaviso y autorización no es suficiente para configurar una infracción, sino que se requiere una evaluación profunda de las características estructurales de la obra. En el caso específico, se trataba de la realización de tabiques internos en un garaje, por lo que la Corte consideró que no era necesaria la autorización.

Implicaciones prácticas de la sentencia

La sentencia tiene importantes implicaciones para los profesionales del sector de la construcción y para los contratantes. Las principales consideraciones a tener en cuenta son:

  • La necesidad de evaluar cuidadosamente las características estructurales de la intervención antes de proceder con la ejecución.
  • La importancia de comprender si la obra se encuentra en la categoría de aquellas sujetas a preaviso y autorización.
  • El riesgo de sanciones puede ser reducido a través de una correcta asesoría legal y técnica.

En conclusión, la sentencia n. 28013 de 2023 subraya la complejidad de la normativa de construcción en zonas sísmicas y la necesidad de una evaluación profunda de las obras a realizar. Una correcta interpretación de las normas puede evitar problemas legales y sanciones para los contratantes y los profesionales del sector.

Estudio Jurídico Bianucci