Comentario a la Sentencia Ordinaria n. 9965 de 2024: Nulidad e Inexistencia en el Juicio Civil

La reciente Ordenanza n. 9965 del 12 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, proporciona una importante reflexión sobre la cuestión de la nulidad de las sentencias y sus implicaciones en el proceso civil. En particular, la Corte ha aclarado que una sentencia, a pesar de tener contenido decisorio, puede resultar radicalmente nula si la motivación y el dispositivo se refieren a una causa distinta de la que se examina. Este artículo se propone examinar en detalle las consecuencias de tal pronunciamiento.

El Contexto de la Sentencia

En el caso examinado, el acto jurisdiccional fue emitido contra las partes del proceso, pero la motivación y el dispositivo se referían a una causa que involucraba a sujetos diferentes. La Corte excluyó que se tratara de un mero "error facti", que podría ser relevante según el art. 395, n. 4, c.p.c., afirmando en cambio que se trataba de una nulidad insanable.

Las Implicaciones de la Nulidad

NULIDAD - INEXISTENCIA Sentencia con motivación y dispositivo concernientes a una causa entre sujetos diferentes a las partes del juicio - Error facti - Exclusión - Nulidad insanable - Existencia - Fundamento. El acto jurisdiccional, con contenido decisorio, emitido contra las partes del juicio, pero con motivación y dispositivo relativos a una causa diferente concerniente a otros sujetos, no está afectado por "error facti", relevante según el art. 395, n. 4, c.p.c., sino por una nulidad radical, que puede ser deducida ya sea mediante los medios ordinarios de impugnación (entre los cuales, en caso de sentencia de apelación, el recurso de casación ex art. 360, párrafo 1, n. 4, c.p.c. por total ausencia de motivación) o mediante una acción autónoma de reconocimiento negativo ("actio nullitatis"), que puede ser ejercida en cualquier momento.

Este pronunciamiento subraya que la nulidad de una sentencia no es solo un error técnico, sino una cuestión de fondo que puede comprometer todo el proceso jurídico. Las partes interesadas pueden valerse de diferentes medios de impugnación, como el recurso de casación, o emprender una acción autónoma de reconocimiento negativo, conocida como "actio nullitatis". Esta acción puede ser propuesta en cualquier momento, otorgando así una cierta flexibilidad a las partes para proteger sus derechos.

Referencias Normativas y Jurisprudencia

La Corte ha hecho referencia a normas fundamentales del Código de Procedimiento Civil, en particular a los artículos 395 y 360, que tratan respectivamente de la nulidad de las sentencias y de las modalidades de impugnación. Es interesante notar cómo esta sentencia se inserta en un camino jurisprudencial ya trazado por pronunciamientos anteriores, como las sentencias n. 40883 de 2021 y n. 9910 de 2021, que han abordado cuestiones similares.

  • Art. 395 c.p.c. - Nulidad de las sentencias
  • Art. 360 c.p.c. - Motivos de recurso para Casación
  • Sentencias relacionadas: n. 40883 de 2021, n. 9910 de 2021
Estudio Jurídico Bianucci