Comentario a la Sentencia n. 9670 de 2024: Liberación del Inmueble y Título Ejecutor

La reciente orden n. 9670 del 10 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes puntos de reflexión en materia de ejecución forzada inmobiliaria. La cuestión central se refiere a la naturaleza de la orden de liberación del inmueble embargado y sus consecuencias jurídicas para los sujetos involucrados.

El Contexto Normativo

La Corte se ha pronunciado sobre el procedimiento previsto por el art. 560, párrafo 3, del Código de Procedimiento Civil, modificado por el Decreto Ley n. 59 de 2016 y por la Ley n. 119 de 2016. Según estas disposiciones, la orden de liberación no se considera un título ejecutivo autónomo, sino más bien un acto del proceso de expropiación inmobiliaria. Esto implica que no puede ser utilizado para iniciar una ejecución separada para la restitución.

  • La liberación del inmueble es un acto que debe seguir las modalidades previstas por el proceso ejecutivo.
  • Los sujetos perjudicados por la orden de liberación pueden proteger sus derechos mediante la oposición a los actos ejecutivos, como se prevé en el art. 617 c.p.c.
  • Este enfoque tiene como objetivo evitar abusos y garantizar que los derechos de los deudores sean respetados durante la ejecución forzada.

La Máxima de la Sentencia

El acto por el cual el juez de ejecución, de conformidad con el art. 560, párrafo 3, c.p.c., tal como fue reformado por el d.l. n. 59 de 2016, conv. con modificaciones por la l. n. 119 de 2016, ordena la liberación del inmueble embargado no constituye un título ejecutivo autónomo adecuado para fundar una ejecución separada para la restitución, sino que es un acto del proceso de expropiación inmobiliaria susceptible de realización deformalizada directamente por parte de los auxiliares del juez que lo ha emitido, con la consecuencia de que los sujetos involucrados o perjudicados por tal acto pueden encontrar protección de sus razones exclusivamente en las formas de oposición a los actos ejecutivos.

Esta máxima aclara que, aunque la orden de liberación pueda parecer un acto simple, requiere una correcta interpretación por parte de todos los actores involucrados en el proceso ejecutivo. De hecho, los deudores y los sujetos terceros que consideren haber sido lesionados por dicha orden tienen a su disposición herramientas de defensa específicas.

Conclusiones

La sentencia de la Casación representa un importante punto de referencia para los operadores del derecho y los ciudadanos involucrados en procedimientos de ejecución forzada. Es fundamental comprender que la orden de liberación no debe ser subestimada y que es posible oponerse a su efecto a través de las vías legales adecuadas. En este contexto, la asesoría legal se vuelve crucial para garantizar que los derechos de todos los sujetos involucrados estén adecuadamente protegidos.

Estudio Jurídico Bianucci