La reciente sentencia n. 39602 del 3 de octubre de 2024 de la Corte de Apelación de Nápoles aborda un tema de gran relevancia en el ámbito de la normativa urbanística: la cuestión del orden de demolición de construcciones ilegales y el impacto de las medidas de regularización otorgadas después de que la sentencia de condena adquiriera firmeza. En particular, la Corte declaró inadmisible la solicitud de suspensión del orden de demolición, destacando que la concesión de un título de regularización no impide su ejecución, especialmente si el sujeto beneficiario no era propietario del bien en el momento de la edificación.
Esta sentencia se inserta en un marco normativo complejo, que incluye el DPR 380/2001 y la Ley 47/1985, los cuales regulan de manera detallada los procedimientos para la urbanística y la lucha contra la ilegalidad en la edificación. En particular, el procedimiento de regularización, aunque pueda parecer un salvoconducto para las construcciones ilegales, debe ser evaluado cuidadosamente en términos de legitimidad y titularidad del derecho. La Corte reafirmó que la regularización otorgada a sujetos no propietarios no puede afectar el orden de demolición, el cual permanece válido y aplicable.
Orden de demolición - Medida de regularización - Otorgada, después de que la sentencia de condena adquirió firmeza, a favor de sujetos no propietarios del bien y sin relaciones calificadas con él - Relevancia obstativa - Exclusión. En materia de delitos urbanísticos, no impide la ejecución del orden de demolición de una construcción ilegal el hecho de que, tras la firmeza de la sentencia de condena, se haya otorgado un título de regularización a un sujeto no propietario del bien en el momento de la edificación y sin ninguna relación jurídicamente calificada de naturaleza real u obligatoria.
Esta máxima encierra el núcleo de la decisión. Aclara que, una vez comprobado el carácter ilegal de una construcción, la eventual regularización otorgada posteriormente no afecta la legitimidad del orden de demolición. Por tanto, incluso si un sujeto recibe una medida de regularización, si no era propietario y no tiene vínculos jurídicos con el bien en el momento de la construcción, no puede oponerse al orden de demolición.
A continuación, algunos puntos clave a considerar:
La sentencia n. 39602 de 2024 representa una importante clarificación en materia de edificación, subrayando la importancia de la titularidad y la legitimidad en la gestión de construcciones ilegales. En un contexto en el que la ilegalidad en la edificación es un problema persistente, la pronuncia de la Corte de Apelación de Nápoles se configura como un paso significativo para garantizar el respeto de las normativas y la protección del territorio. Los operadores del sector y los ciudadanos deben ser conscientes de que las regularizaciones no pueden ignorar la violación de las leyes urbanísticas y que el orden de demolición sigue siendo una herramienta fundamental para la regularización de abusos.