Ordenanza n. 16385 de 2024: La cancelación del registro y la interrupción del proceso

En el ámbito del derecho procesal civil, la ordenanza n. 16385 del 12 de junio de 2024 de la Corte de Casación ofrece puntos significativos respecto a la cancelación del registro de los abogados que ejercen la defensa personal. Esta pronunciamiento, emitido por el Presidente G. T. y el relator F. F., aclara aspectos cruciales sobre las consecuencias de dicha cancelación en el contexto de la interrupción del proceso.

El contexto normativo

La cuestión central abordada en la sentencia se refiere al artículo 86 del Código de Procedimiento Civil (c.p.c.), que permite a un abogado ejercer la defensa personal, y al artículo 301 c.p.c., que regula las hipótesis de interrupción del proceso. La Corte ha establecido que la cancelación voluntaria del registro no constituye una hipótesis de interrupción en el sentido del art. 301 c.p.c.

En general. La cancelación voluntaria del registro de los abogados obtenida por el profesional que ejerce la defensa personal ex art. 86 c.p.c. no integra una hipótesis relevante a fines interruptivos en virtud del art. 301 c.p.c., ya que provocar a su antojo la interrupción del proceso queda fuera de la protección del derecho de defensa, imponiendo así a las otras partes una carga implícita y constante de verificación, en cualquier momento del juicio, de la permanencia de la calidad necesaria para ejercer el cargo de defensor.

Las implicaciones de la sentencia

Esta sentencia tiene importantes repercusiones para los abogados que deciden ejercer la defensa personal. Aquí algunas consideraciones clave:

  • La cancelación voluntaria no debe entenderse como un medio para interrumpir el proceso a su antojo.
  • Las otras partes involucradas en el juicio están exentas de la carga de verificar constantemente la calidad de defensor del abogado cancelado.
  • El derecho de defensa debe permanecer garantizado, evitando que un abogado pueda alterar el curso del proceso a su favor.

Conclusiones

En resumen, la ordenanza n. 16385 de 2024 representa un importante paso en la protección del derecho de defensa dentro del proceso civil. Establece claramente que la cancelación del registro de un abogado que ejerce la defensa personal no puede ser utilizada como herramienta para interrumpir el proceso, asegurando así una mayor estabilidad y certidumbre para todas las partes involucradas. Este principio es fundamental para garantizar la equidad y la regularidad de los procedimientos judiciales.

Estudio Jurídico Bianucci