Honorarios Profesionales: Comentario sobre la Ordenanza n. 19228 de 2024

La reciente intervención de la Corte de Casación con la Ordenanza n. 19228 del 12 de julio de 2024 ofrece una importante reflexión sobre los honorarios profesionales por los servicios prestados en el ámbito extrajudicial y en los procedimientos civiles y penales. Esta sentencia destaca la distinción entre los procedimientos ordinarios y los especiales, subrayando la importancia de una correcta calificación del rito a seguir.

El Contexto Normativo y la Sentencia

La Corte de Casación, con su juicio, ha establecido que en el caso de solicitudes de honorarios profesionales no puede aplicarse el rito especial previsto por el art. 14 del decreto legislativo n. 150 de 2011. Por lo tanto, el procedimiento a seguir es el ordinario de conocimiento o, alternativamente, el procedimiento sumario de conocimiento ex art. 702-bis c.p.c. Esta decisión tiene profundos efectos sobre las modalidades de gestión de las controversias relacionadas con los honorarios profesionales.

Honorarios profesionales por servicios prestados en el ámbito extrajudicial y en procedimientos civiles y penales - Procedimiento aplicable - Procedimiento ex art. 14, decreto legislativo n. 150 de 2011 - Exclusión - Consecuencias. En el juicio para la obtención de honorarios por servicios profesionales prestados en el ámbito extrajudicial y en procedimientos civiles y penales, no se aplica el rito especial de liquidación de honorarios de abogado, sino el rito ordinario de conocimiento o, alternativamente, el procedimiento sumario de conocimiento ex art. 702-bis c.p.c. ante el tribunal en composición monocrática, no entrando la controversia en el ámbito previsto por el art. 14 del decreto legislativo n. 150 de 2011, que contempla - en virtud de la referencia al art. 28 de la ley n. 794 de 1942 - el procedimiento sumario de conocimiento solo para los juicios concernientes a la liquidación de honorarios por servicios judiciales prestados en materia civil. Por lo tanto, en caso de errónea calificación del procedimiento en los términos del art. 14, la sentencia correspondiente es nula dado que tal calificación incide en el derecho de defensa, implicando para la parte la pérdida de un grado de juicio reconocido por la ley.

Las Implicaciones Prácticas de la Sentencia

Esta decisión no solo aclara el marco normativo, sino que también tiene implicaciones prácticas significativas para abogados y clientes. Es fundamental que las partes involucradas comprendan la distinción entre los diferentes tipos de procedimientos para evitar errores que podrían comprometer el derecho de defensa. Entre las consecuencias más relevantes, podemos destacar:

  • Necesidad de recurrir al rito ordinario o sumario de conocimiento para las solicitudes de honorarios extrajudiciales.
  • Posibilidad de anulación de la sentencia en caso de errónea calificación del procedimiento.
  • Protección del derecho de defensa, garantizando que las partes no pierdan grados de juicio reconocidos por la ley.

Conclusiones

En conclusión, la Ordenanza n. 19228 de 2024 ofrece una importante guía para la gestión de las controversias relacionadas con los honorarios profesionales. La correcta comprensión de las normas y de los procedimientos aplicables es esencial no solo para garantizar el respeto de los derechos de las partes, sino también para proteger la profesionalidad de los abogados. Es fundamental que todos los operadores del derecho presten atención a estos detalles para evitar problemas futuros y garantizar una justicia equitativa y efectiva.

Estudio Jurídico Bianucci