La Sentencia n. 11690 de 2024: Reflexiones sobre las Pruebas Atípicas en el Proceso Tributario

La reciente orden de la Corte de Casación, n. 11690 del 30 de abril de 2024, representa una importante oportunidad de reflexión sobre el tema de las pruebas atípicas en el proceso tributario. La Corte ha establecido principios clave respecto a la utilizabilidad de datos adquiridos en formas no tradicionales y sobre la apreciación del juez de mérito, subrayando la importancia de una evaluación global de los elementos probatorios.

El Contexto de la Sentencia

La sentencia en cuestión surge de un litigio tributario relativo a una comprobación de mayor renta de capital sobre sumas mantenidas en el extranjero. La Corte ha anulado la decisión de mérito que había negado valor probatorio a los datos encontrados en un ordenador incautado, considerándolos insuficientes como pruebas atípicas. Este enfoque ha suscitado interrogantes sobre la correcta aplicación de las normas en materia de prueba por presunciones.

La Máxima de la Sentencia

En general. En el proceso tributario, son utilizables las pruebas atípicas y los datos adquiridos en formas diferentes a las reguladas, conforme a los cánones de la prueba por presunciones, correspondiendo al juez de mérito la evaluación, de acuerdo con el art. 2729 c.c., en relación con la concurrencia de los requisitos de gravedad, precisión y concordancia; se deduce que es censurable en sede de legitimidad la decisión con la que el juez se haya limitado a negar valor indiciario a los elementos adquiridos en juicio, sin comprobar si estos, aunque individualmente carecieran de valencia indiciaria, pudieran adquirirla cuando se valoraran en su conjunto.

La Corte ha aclarado que el juez debe considerar la totalidad de los elementos indiciarios, sin limitarse a examinar cada dato de forma aislada. De este modo, el juez de mérito tiene la responsabilidad de evaluar si, en su conjunto, los elementos adquiridos pueden asumir valor probatorio.

Implicaciones Prácticas

Esta sentencia tiene diversas implicaciones para el litigio tributario, entre las que se incluyen:

  • Reconocimiento de las pruebas atípicas: La Corte ha afirmado que los datos no convencionales pueden ser utilizados, siempre que el juez evalúe correctamente su relevancia.
  • Enfoque sistemático: Es fundamental un análisis global de las pruebas, evitando descuidar elementos que, aunque individualmente débiles, pueden resultar significativos si se consideran en el contexto más amplio.
  • Mayor responsabilidad para el juez de mérito: La sentencia subraya la importancia del papel del juez en la apreciación de las pruebas, exigiendo una motivación adecuada y bien articulada.

En conclusión, la sentencia n. 11690 de 2024 ofrece una clara indicación sobre la necesidad de un enfoque flexible y comprensivo en el análisis de las pruebas en el proceso tributario, invitando a los jueces a considerar no solo la forma, sino también la sustancia de las pruebas presentadas.

Conclusiones

La orden de la Corte de Casación del 30 de abril de 2024 representa un paso significativo hacia una mayor valorización de las pruebas atípicas en el sector tributario. Los operadores del derecho y los contribuyentes deben prestar atención a estas indicaciones, ya que la forma en que se evalúan los datos y las pistas puede influir de manera sustancial en los resultados de los litigios tributarios. Por lo tanto, es fundamental establecer un diálogo constante entre las partes involucradas, garantizando que cada elemento probatorio sea considerado en su totalidad y en el contexto adecuado.

Estudio Jurídico Bianucci