Servidumbre de paso: comentario sobre la Ordenanza n.º 11243 de 2024

La reciente Ordenanza n.º 11243 del 26 de abril de 2024 de la Corte de Cassación ha proporcionado importantes aclaraciones respecto a las servidumbres de paso, un tema de gran relevancia en el derecho civil. Esta sentencia, que ha anulado una decisión previa de la Corte de Apelación de L'Aquila, se centra en la cuestión de la adquisición a título originario y de la ambulatoriedad de la servidumbre, elementos clave para la comprensión de los derechos de los propietarios de tierras.

El contexto jurídico de la servidumbre de paso

La servidumbre de paso es un derecho real que permite a un propietario de un fondo (fondo sirviente) pasar a través de otro fondo (fondo dominante). Según el artículo 1146 del Código Civil, la servidumbre puede ser adquirida a título originario o derivativo. La sentencia en cuestión se ocupa principalmente de la primera forma de adquisición.

Servidumbre de paso - Adquisición a título originario a favor del dante causa - Existencia - Adquisición a título derivativo por parte del adquirente del fondo - Ambulatoriedad de la servidumbre - Consecuencias - Necesidad de comprobar la relación directa entre el adquirente y el fondo - Exclusión - Supuesto. La comprobación de la adquisición a título originario de la servidumbre de paso a favor del dante causa que transmite a título derivativo su propio fondo, por el principio de ambulatoriedad de la servidumbre, excluye la necesidad de comprobar la existencia de una relación directa entre el adquirente y el fondo adquirido. (En este caso, la S.C. ha anulado la sentencia que consideró que había que verificar los presupuestos establecidos en el art. 1146, párrafo 2, del C.C. en cabeza del adquirente de un fondo sobre el cual el dante causa ya había adquirido el derecho de servidumbre de paso a título originario).

Ambulatoriedad de la servidumbre y derechos de los adquirentes

La Corte ha reiterado el principio de ambulatoriedad de la servidumbre, el cual establece que una servidumbre sigue al fondo dominante incluso en caso de transferencia a terceros. En este sentido, el adquirente del fondo no necesita demostrar una relación directa con el fondo sobre el que pesa la servidumbre, ya que el derecho de paso ya ha sido adquirido por el dante causa. Este principio simplifica la situación para los adquirentes, evitando complicaciones relacionadas con la verificación de derechos preexistentes.

  • La servidumbre de paso es un derecho real que permite el tránsito sobre un fondo ajeno.
  • El principio de ambulatoriedad implica que la servidumbre sigue al fondo dominante incluso en caso de transferencia.
  • No es necesario comprobar una relación directa entre el adquirente y el fondo para beneficiarse de la servidumbre.

Conclusiones

En resumen, la Ordenanza n.º 11243 de 2024 representa un importante avance en la claridad jurídica respecto a las servidumbres de paso. Confirma la validez del principio de ambulatoriedad y simplifica los procedimientos para los adquirentes de los fondos, garantizando así una mayor certeza y protección de los derechos de propiedad. Es fundamental para los operadores del derecho y para los propietarios de tierras comprender estas disposiciones para evitar futuras controversias legales.

Estudio Jurídico Bianucci