Sentencia n. 29344 del 2024: Delitos Paisajísticos y Permiso de Construcción

La sentencia n. 29344 del 21 de marzo de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda una cuestión crucial en el campo del derecho paisajístico, destacando la relación entre los permisos de construcción y las medidas de salvaguardia previstas en los planes paisajísticos. Esta decisión se inserta en un contexto normativo complejo, donde la protección del medio ambiente y del paisaje es de fundamental importancia.

El Contexto Normativo

El decreto legislativo 22 de enero de 2004, n. 42, conocido como Código de Bienes Culturales y del Paisaje, establece las modalidades de protección de las áreas paisajísticas. Según el artículo 143, párrafo 9, es necesario el otorgamiento de un permiso de construcción para cualquier intervención que pueda violar las normas de salvaguardia, incluso si el plan paisajístico solo está adoptado y no aún aprobado. Este principio ha sido confirmado por la Corte Constitucional en diversas ocasiones.

Delitos paisajísticos - Intervenciones contrarias a las normas de salvaguardia contenidas en un plan paisajístico ya adoptado pero no aún aprobado - Permiso de construcción - Necesidad - Razones. En materia de delitos paisajísticos, edilicios y sísmicos, está sujeta al otorgamiento de permiso de construcción y no a la presentación de la SCIA la realización, en áreas afectadas por un plan paisajístico ya adoptado pero no aún aprobado, de trabajos de construcción que sean contrarios a las medidas de salvaguardia previstas, dado que la 'ratio' de las mismas reside en la necesidad de anticipar la protección a un momento anterior a la adopción definitiva del plan en cuestión, así bloqueando cualquier intervención que se oponga a ello.

Implicaciones de la Sentencia

La Corte ha reafirmado que cada intervención edilicia en áreas sujetas a un plan paisajístico debe seguir un riguroso proceso de autorización. La decisión de anular en parte la sentencia de la Corte de Apelaciones de Taranto del 15 de marzo de 2023 subraya la necesidad de garantizar una adecuada protección del medio ambiente, incluso en fase preliminar. Las razones de tal elección residen en la voluntad de prevenir daños irreparables al paisaje, que podrían derivar de intervenciones no autorizadas.

  • Relevancia de la protección paisajística.
  • Necesidad de permisos para obras en áreas sensibles.
  • Prevención de delitos edilicios y paisajísticos.

Conclusiones

La sentencia n. 29344 del 2024 representa un importante esclarecimiento en el campo del derecho paisajístico, destacando la importancia de respetar las normativas vigentes para la salvaguardia del patrimonio ambiental. Es fundamental que los profesionales del sector edilicio y los ciudadanos comprendan la importancia de obtener los permisos de construcción necesarios, para evitar sanciones y proteger nuestro patrimonio natural. La salvaguardia del paisaje no es solo una cuestión de ley, sino un deber colectivo para garantizar un futuro sostenible.

Estudio Jurídico Bianucci