Ordenanza n. 11400 de 2024: Cesión de cuotas y competencia por valor en la sociedad de personas

La reciente ordenanza n. 11400 del 29 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema crucial en el derecho comercial y societario: la competencia por valor en caso de cesión de cuotas de sociedades de personas. Esta sentencia proporciona aclaraciones significativas que pueden guiar a los profesionales del sector en la gestión de controversias similares.

El contexto de la sentencia

La controversia tuvo su origen en una cesión de cuotas entre socios de una sociedad de personas, en la que un socio, M. P., solicitó el reembolso pro rata a los ex socios cedentes, M. C. y F. B., que se habían convertido en garantes frente a la sociedad. El caso planteó cuestiones importantes respecto a la competencia por valor de la demanda de reembolso.

La máxima de la sentencia

Cesión de cuotas de sociedades de personas - Obligación unitaria a cargo de la sociedad - Asunción de garantía por parte de los ex socios cedentes - Demanda de reembolso pro rata contra estos - Competencia por valor - Aplicación del art. 11 c.p.c.. En el caso de cesión de cuotas de sociedades de personas, la competencia por valor sobre la demanda de reembolso pro rata, presentada contra los ex socios cedentes que se habían convertido en garantes frente a la sociedad, se determina de acuerdo con el art. 11 c.p.c., dado que la deuda de cada uno tiene su origen en la obligación unitaria a su cargo.

Esta máxima aclara que, en presencia de una obligación unitaria, la competencia por valor se determina de acuerdo con el artículo 11 del código de procedimiento civil (c.p.c.). En otras palabras, la deuda que cada socio tiene con respecto a la sociedad se considera como una fuente común de obligación, haciendo que la competencia por valor sea relevante para la demanda de reembolso.

Implicaciones prácticas de la sentencia

Las implicaciones prácticas de esta ordenanza son múltiples:

  • Definición clara de la competencia por valor en las controversias relativas a la cesión de cuotas;
  • Fortalecimiento de la obligación unitaria entre socios y sociedad;
  • Claridad sobre los derechos de los socios cedentes frente a la sociedad y a los demás socios.

Además, la sentencia está en línea con los principios del código civil, en particular con los artículos 1314 y 2290, que regulan las obligaciones y responsabilidades de los socios en una sociedad de personas. Esto conduce a una mayor certeza jurídica y protección para todos los actores involucrados.

Conclusiones

En conclusión, la ordenanza n. 11400 de 2024 representa un paso importante en la definición de la competencia por valor en las controversias relativas a la cesión de cuotas de sociedades de personas. La claridad proporcionada por la Corte de Casación ayuda a mitigar las incertidumbres y proporciona un marco normativo más sólido para la gestión de las responsabilidades entre socios. Es fundamental que los profesionales del derecho consideren estas indicaciones en su práctica, para garantizar que las controversias se gestionen de manera eficiente y conforme a la ley.

Estudio Jurídico Bianucci