Ordenanza n. 9704 de 2024: Excepciones a las distancias legales para garajes y aparcamientos

En el panorama jurídico italiano, las cuestiones relativas a las distancias legales en las construcciones son a menudo objeto de controversias. La ordenanza n. 9704 del 10 de abril de 2024, emitida por la Corte de Apelaciones de Génova, representa un importante esclarecimiento en relación con las excepciones previstas por el artículo 9 de la ley n. 122 de 1989, en particular en lo que respecta a garajes y aparcamientos.

El Contexto Normativo

La ley n. 122 de 1989 establece reglas específicas sobre las distancias que deben respetarse en las construcciones. Sin embargo, el artículo 9 prevé excepciones para los garajes y los aparcamientos, pero bajo ciertas condiciones. En particular, según la Corte, es fundamental que tales estructuras se realicen en toda su altura por debajo del plano original de la campaña. Este aspecto es crucial para garantizar el respeto de las prescripciones urbanísticas, que protegen valores esenciales como el aire, la luz y la vista.

La Máxima de la Sentencia

Garajes y aparcamientos - Excepción a los instrumentos urbanísticos ex art. 9 de la ley n. 122 de 1989 - Condiciones - Fundamento. La excepción a la disciplina de las distancias de las que trata el art. 9 de la ley n. 122 de 1989 solo es válida para los garajes y aparcamientos realizados, en toda su altura, por debajo del plano original de la campaña, protegiendo las prescripciones urbanísticas en cuanto a alturas, distancias y volumetría de los edificios, así como valores específicos como el aire, la luz y la vista.

Esta máxima destaca un principio fundamental: la protección del orden urbanístico debe ser siempre garantizada. Incluso en el caso de que se permita una excepción a las distancias legales, es esencial que las nuevas construcciones no comprometan los derechos de vecindad y la calidad de vida de los habitantes de las zonas circundantes.

Las Implicaciones de la Sentencia

La decisión de la Corte de Apelaciones de Génova tiene importantes implicaciones para los propietarios y constructores. Estas pueden resumirse en los siguientes puntos:

  • Las excepciones a las distancias legales son admisibles solo si se cumplen condiciones específicas.
  • Los garajes y los aparcamientos deben ser construidos por debajo del plano de la campaña para beneficiarse de la excepción.
  • Es necesario proteger los valores urbanísticos, como la luz y la vista, que pueden verse comprometidos por nuevas construcciones.

En resumen, la sentencia destaca la importancia de un equilibrio entre las necesidades constructivas y la protección de los derechos de los vecinos, llamando la atención sobre un aspecto fundamental de la normativa urbanística.

Conclusiones

En conclusión, la ordenanza n. 9704 de 2024 representa un paso significativo hacia la definición clara de las condiciones para las excepciones a las distancias legales. Subraya la necesidad de respetar las prescripciones urbanísticas y de proteger los derechos de los ciudadanos, garantizando así una adecuada calidad de vida. Las empresas y los profesionales del sector deben por tanto prestar atención a estos principios para evitar litigios y garantizar proyectos alineados con las normativas vigentes.

Estudio Jurídico Bianucci