Cesión del crédito: la sentencia n.º 9479 de 2024 profundiza en los accesorios del derecho

La sentencia n.º 9479 del 9 de abril de 2024, emitida por el Tribunal de Casación, aborda un tema de relevante importancia en el ámbito del derecho civil: la cesión del crédito y la noción de "otros accesorios". Esta decisión no solo confirma la jurisprudencia anterior, sino que también ofrece puntos de reflexión sobre cómo deben considerarse los derechos y las utilidades conexas al crédito cedido.

La noción de "otros accesorios" en la cesión del crédito

Según lo establecido por el artículo 1263, párrafo 1, del Código Civil, el crédito transferido al cesionario comprende no solo los privilegios y las garantías, sino también los "otros accesorios". El Tribunal ha aclarado que estos accesorios deben entenderse como todas aquellas utilidades derivadas del ejercicio del derecho cedido. Esto significa que cada elemento que no posee autonomía pero está intrínsecamente ligado al derecho mismo está incluido en el objeto de la cesión.

Efectos de la cesión - "Otros accesorios" transferidos - Noción - Supuesto. En materia de cesión del crédito, la previsión del párrafo 1 del art. 1263 c.c., según la cual el crédito es transferido al cesionario, además de con los privilegios y las garantías reales y personales, también con los "otros accesorios", debe entenderse en el sentido de que en el objeto de la cesión se incluye la suma de las utilidades que el acreedor puede obtener del ejercicio del derecho cedido, es decir, cada situación directamente relacionada con el derecho mismo, la cual, al carecer de perfiles de autonomía, integra su contenido económico o especifica su función. (En el caso, la S.C. ha confirmado la sentencia impugnada que había considerado incluido en el objeto de la cesión el derecho de hacer uso de la cláusula resolutoria expresa contenida en una transacción concluida por el acreedor cedente con la deudora, tratándose no de un derecho autónomo, sino de una utilidad inherente al ejercicio del crédito).

Implicaciones prácticas de la sentencia

La decisión del Tribunal de Casación tiene importantes implicaciones para los profesionales del sector legal y para las empresas que operan en el mercado de créditos. En particular, se pueden delinear algunos aspectos clave:

  • Claridad en los contratos de cesión: Es fundamental que los contratos de cesión del crédito especifiquen claramente qué accesorios y utilidades están incluidos en la transferencia.
  • Evaluación del crédito: Durante la evaluación de un crédito a ceder, es necesario considerar no solo el valor nominal, sino también los accesorios que pueden influir en su valor económico.
  • Gestión de controversias: La jurisprudencia confirmada por la sentencia ofrece herramientas útiles para resolver eventuales controversias relacionadas con la cesión del crédito, haciendo más transparentes los derechos y las expectativas de las partes involucradas.

Conclusiones

La sentencia n.º 9479 de 2024 del Tribunal de Casación representa un importante avance en la comprensión de la cesión del crédito y de los derechos conexos. Aclarar la noción de "otros accesorios" no solo ayuda a proteger los derechos del cesionario, sino que también ofrece mayor seguridad jurídica en el mercado de créditos. Es esencial para los profesionales del sector mantener actualizados sus conocimientos y prácticas en relación con estos temas, para garantizar una gestión eficaz y conforme a las normativas vigentes.

Estudio Jurídico Bianucci