Análisis de la sentencia n. 11659 de 2024: Repetición de indebito y NASpI

La sentencia n. 11659 del 30 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, se inserta en un importante debate jurídico sobre las modalidades de recuperación de las sumas indebidamente pagadas a título de Nueva prestación de Seguro Social para el Empleo (NASpI). En particular, la Corte ha establecido que la repetición de indebito no debe seguir las reglas típicas del indebito previsional pensionista o asistencial, sino que debe referirse al artículo 2033 del código civil. Esta decisión tiene importantes implicaciones tanto para los beneficiarios de la NASpI como para las administraciones competentes.

El contexto normativo y jurisprudencial

La NASpI es una prestación previsional que apoya a los trabajadores desempleados. A diferencia de las pensiones, la NASpI se considera una prestación no pensionística. La Corte ha subrayado que, en caso de indebito, las sumas pagadas deben seguir las disposiciones generales previstas por el código civil, en lugar de las reglas específicas para las pensiones o para la asistencia.

  • Aplicación del art. 2033 c.c. para la repetición de indebito.
  • Necesidad de considerar los principios de gradualidad y proporcionalidad en la recuperación de las sumas.
  • Implicaciones para los derechos de los beneficiarios de la NASpI.

Máxima de la sentencia e implicaciones prácticas

En general. La Nueva prestación de Seguro Social para el Empleo (NASpI) es una prestación previsional no pensionista, de modo que la repetición de sumas indebidamente pagadas a tal título no está sujeta a las reglas impuestas para el indebito previsional pensionista ni a las impuestas para el indebito asistencial, sino a la disciplina general de la que trata el art. 2033 c.c., que debe aplicarse teniendo en cuenta las indicaciones hermenéuticas delineadas por la Corte Constitucional en la sentencia n. 8 de 2023, de tal manera que la acción de recuperación del indebito se realice según principios de gradualidad y proporcionalidad, sin al mismo tiempo anular el derecho a la repetición en su núcleo esencial.

Esta máxima resalta la importancia de no anular el derecho a la repetición de las sumas indebidamente pagadas, garantizando al mismo tiempo una recuperación que respete los principios de gradualidad y proporcionalidad. Esto significa que las administraciones deben proceder con cautela y considerar las circunstancias específicas del caso, evitando gravar excesivamente a los beneficiarios.

Conclusiones

La sentencia n. 11659 de 2024 representa un importante punto de referencia para la gestión de las prestaciones NASpI y para la disciplina del indebito previsional. La Corte de Casación, con su decisión, ha trazado un camino importante para garantizar los derechos de los ciudadanos, estableciendo criterios claros para la recuperación de las sumas indebidamente pagadas. Es fundamental que los operadores del derecho y las administraciones competentes se alineen con estas indicaciones para garantizar una correcta aplicación de las normas y la protección de los derechos de los beneficiarios.

Estudio Jurídico Bianucci