Ordenanza n. 11488 de 2024: La declaración complementaria y la impugnación de infracción

La reciente ordenanza de la Corte de Casación n. 11488 del 29 de abril de 2024 ofrece puntos relevantes para comprender las dinámicas relacionadas con la declaración complementaria en el ámbito fiscal. La Corte, con esta decisión, aclara que la notificación de una impugnación de infracción hace inadmisible la presentación de una declaración complementaria, destacando la importancia del respeto a las normativas fiscales y las consecuencias derivadas de irregularidades en la declaración de ingresos.

El contexto normativo

La cuestión abordada por la Corte se inserta en el marco normativo delineado por el d.P.R. n. 322 de 1998, en particular en el art. 2, inciso 8. Según esta disposición, la declaración complementaria es una herramienta que permite al contribuyente corregir errores u omisiones en declaraciones anteriores. Sin embargo, la Corte ha establecido que tal posibilidad está excluida en el caso de que el contribuyente ya haya recibido una impugnación relacionada con la infracción de dichas obligaciones.

Impugnación de infracción - Declaración complementaria de acuerdo con el art. 2, inciso 8, del d.P.R. n. 322 de 1998 - Admisibilidad - Exclusión - Supuesto. En materia de impuestos sobre la renta, constituye causa obstativa a la presentación de la declaración complementaria de la que trata el art. 2, inciso 8, del d.P.R. n. 322 de 1998 la notificación de la impugnación de una infracción cometida en la elaboración de la declaración anterior, ya que, si fuera posible remediar las irregularidades incluso después de la impugnación de las mismas, la corrección se resolvería en un inadmisible instrumento de elusión de las sanciones previstas por el legislador. (En este caso, la S.C. ha excluido la posibilidad del recurso a la declaración complementaria destinada a enmendar el error cometido en la presentación de la primera declaración tras la recepción del aviso bonar).

Las implicaciones prácticas de la sentencia

Esta decisión tiene diversas implicaciones para los contribuyentes y los profesionales del sector fiscal. Es fundamental que los contribuyentes sean conscientes de las limitaciones al uso de la declaración complementaria, especialmente en presencia de impugnaciones. Las consecuencias pueden incluir:

  • Imposibilidad de corregir errores después de la notificación de impugnación, aumentando el riesgo de sanciones.
  • Necesidad de una mayor atención en la elaboración de las declaraciones fiscales para evitar impugnaciones.
  • Refuerzo de la importancia de una asesoría legal antes de presentar las declaraciones.

En resumen, la Corte de Casación ha reafirmado una posición rigurosa en materia de declaraciones fiscales, subrayando la importancia de un comportamiento conforme a las normativas y las dificultades que los contribuyentes pueden encontrar al intentar corregir errores después de una impugnación.

Conclusiones

La sentencia n. 11488 de 2024 representa una clara advertencia para los contribuyentes respecto a la gestión de las declaraciones fiscales. Es crucial estar informado sobre las normativas vigentes y las consecuencias de sus acciones, para evitar incurrir en sanciones y problemas legales no deseados. Una asesoría experta puede resultar fundamental para navegar en un campo complejo como el fiscal.

Estudio Jurídico Bianucci