Comentario sobre la Sentencia Ordenanza n. 8631 de 2024: Neutralización de los Períodos de Inscripción en la Seguridad Social Pública

La reciente Ordenanza n. 8631 del 2 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece reflexiones significativas sobre la seguridad social y los derechos pensionarios. En particular, esta sentencia se centra en el beneficio de la llamada neutralización, prevista en el art. 37, último párrafo, del d.P.R. n. 818 de 1957, y en su aplicabilidad a los inscritos en el régimen de seguridad social exclusivo para los empleados públicos.

El Contexto Normativo de la Sentencia

El artículo 37 del d.P.R. n. 818 de 1957 establece que los períodos de inscripción en formas de seguridad social obligatorias distintas de las sustitutivas del seguro por invalidez, vejez y sobrevivientes no se consideran en el quinquenio anterior a la solicitud de prestación. Esto significa que los períodos de inscripción en estas formas de seguridad social no contribuyen a determinar el requisito asegurador necesario para obtener la prestación solicitada.

Beneficio de la llamada neutralización según art. 37, último párrafo, d.P.R. n. 818 de 1957 - Aplicabilidad a los períodos de inscripción en el régimen de empleados públicos - Condición de no generación del derecho a pensión. De acuerdo con el art. 37, último párrafo, del d.P.R. n. 818 de 1957, el beneficio de la llamada neutralización - en virtud del cual los períodos de inscripción en formas de seguridad social obligatorias distintas de las sustitutivas del seguro por invalidez, vejez y sobrevivientes están excluidos del quinquenio, anterior a la solicitud de prestación, para el cual debe existir el requisito asegurador previsto para la prestación solicitada - es aplicable también para los inscritos en el régimen de seguridad social exclusivo para empleados públicos, siendo incluido entre las formas de seguridad social obligatoria mencionadas, siempre que la inscripción en dicho régimen exclusivo no haya generado ningún tratamiento de seguridad social.

Implicaciones de la Sentencia

Este principio se aplica también a los inscritos en el régimen de seguridad social exclusivo para empleados públicos. Esto significa que, incluso si una persona está inscrita en este régimen, puede beneficiarse de la neutralización, siempre que no haya generado ningún derecho a pensión. Esta sentencia representa una importante clarificación en un sector a menudo complejo como el de la seguridad social.

  • Aclara la posición de los inscritos en la seguridad social pública.
  • Establece criterios claros para la no generación del derecho a pensión.
  • Refuerza la protección de los derechos de seguridad social en el ámbito público.

Conclusiones

En conclusión, la Ordenanza n. 8631 de 2024 tiene un fuerte impacto en la gestión de los derechos de seguridad social para los empleados públicos, estableciendo que el beneficio de la neutralización puede aplicarse también en ausencia de generación de derechos pensionarios. Esta sentencia ofrece una mayor seguridad jurídica para los empleados públicos y representa un avance en la jurisprudencia de seguridad social italiana.

Estudio Jurídico Bianucci