Sentencia n. 1223 de 2024: la confirmación de la absolución en apelación y el principio de más allá de toda duda razonable

La reciente sentencia n. 1223 del 7 de noviembre de 2024, depositada el 13 de enero de 2025, emitida por la Corte de Apelación de Brescia, ofrece importantes reflexiones sobre el papel del juez de apelación y la evaluación de las pruebas declarativas en contextos de absolución. La decisión, presidida por el juez V. D. N., y relator A. C., ha abordado cuestiones cruciales relacionadas con la instrucción del juicio y el principio de más allá de toda duda razonable, que es central en el derecho penal.

El contexto de la sentencia

En el caso específico, la parte civil había impugnado una sentencia de primer grado que había absuelto al imputado P. P.M. BALDI FULVIO de acusaciones de difamación. La parte civil, insatisfecha con la decisión, solicitó una reevaluación de la prueba declarativa, argumentando que había elementos suficientes para llegar a una condena. Sin embargo, la Corte de Apelación confirmó la absolución, considerando que no era necesario renovar la instrucción del juicio.

El principio de más allá de toda duda razonable y la renovación de la instrucción

Un aspecto fundamental de la sentencia es la confirmación de que el juez de apelación no está obligado a renovar la instrucción del juicio cuando se trata de confirmar una absolución. Este principio es conforme a la interpretación del artículo 603, párrafo 3-bis, del código de procedimiento penal, que establece que la carga de la prueba en sede de condena debe demostrarse más allá de toda duda razonable. La Corte ha afirmado:

Sentencia de primer grado de absolución - Apelación de la parte civil para reevaluación de la prueba declarativa - Confirmación de la absolución en apelación - Violación del art. 603, párrafo 3-bis, cod. proc. pen. - Exclusión - Razones. El juez de apelación que confirma la sentencia de absolución impugnada por la parte civil por motivos relacionados con la evaluación de la prueba declarativa no está obligado a renovar la instrucción del juicio, dado que tal obligación, conforme a una interpretación constitucionalmente orientada de lo dispuesto en el art. 603, párrafo 3-bis, cod. proc. pen., debe correlacionarse con el principio de "más allá de toda duda razonable", aplicable en función de la condena y no de la absolución.

Esta afirmación subraya la importancia de la presunción de inocencia y del principio de no culpabilidad, que deben ser respetados también en sede de apelación. La parte civil, al solicitar una reevaluación de la prueba, no puede ignorar el hecho de que la carga de la prueba recae sobre la acusación.

Conclusiones

La sentencia n. 1223 de 2024 reitera un principio fundamental del derecho penal: la imposibilidad de condenar a un imputado sin pruebas ciertas e ineludibles. Este caso subraya cómo el juez de apelación debe limitarse a verificar si la sentencia de primer grado ha sido emitida correctamente, sin la necesidad de renovar la instrucción del juicio en caso de absolución. La confirmación de la sentencia de primer grado por parte de la Corte de Apelación de Brescia representa, por lo tanto, un importante paso en la protección de los derechos del imputado y en la salvaguarda del principio de legalidad.

Estudio Jurídico Bianucci