Análisis de la Sentencia n. 44251 de 2024: Traducción de los Actos y Nulidad a Régimen Intermedio

La sentencia n. 44251 del 16 de octubre de 2024, emitida por la Corte de Casación, representa un paso importante en la jurisprudencia italiana respecto a los derechos de los imputados que no hablan italiano. En esta decisión, la Corte ha abordado el tema de la omisión de la traducción de la sentencia de apelación para un imputado alófono, estableciendo claramente las condiciones necesarias para deducir la nulidad a régimen intermedio.

El Contexto de la Sentencia

En particular, la Corte ha rechazado el recurso presentado por el defensor de confianza del imputado P. L., subrayando que la carga de demostrar el interés concreto y actual de recurrir en caso de omisión de la traducción recae sobre el propio imputado. Este principio se basa en la necesidad de garantizar que la defensa no se vea comprometida por una falta de comprensión de los actos procesales.

Imputado alófono - Omisión de la traducción de la sentencia - Nulidad a régimen intermedio - Interés en deducirla - Condiciones - Supuesto. En materia de traducción de los actos, el imputado alófono que se queje de la omisión de la traducción de la sentencia tiene la carga, en coherencia con la naturaleza general a régimen intermedio de la nulidad que en este caso se plantea, de indicar la existencia de un interés a recurrir concreto, actual y verificable, no siendo suficiente la mera alegación de un perjuicio abstracto o potencial. (Supuesto relativo a un recurso de casación presentado regularmente por el defensor de confianza de un imputado alófono, en el cual la Corte consideró inadmisible el motivo con el que se alegaba la omisión de la traducción de la sentencia de apelación, no habiendo el recurrente demostrado si y en qué medida el no conocimiento personal y oportuno de la sentencia impugnada había influido en sus estrategias defensivas).

Las Condiciones para la Nulidad

La Corte ha aclarado que no basta con lamentar un perjuicio abstracto o potencial para justificar la nulidad de la sentencia; es necesario demostrar un interés concreto y actual. Esto implica que el imputado debe probar de qué manera la falta de traducción ha influido en sus elecciones defensivas. Esta decisión se alinea con los principios establecidos por el Nuevo Código de Procedimiento Penal, en particular los artículos 143, 178 y 180, que se refieren a las modalidades de traducción de los actos y a la protección de los derechos de los imputados.

Conclusiones

La sentencia n. 44251 de 2024 nos invita a reflexionar sobre la importancia de la traducción de los actos procesales, especialmente en un contexto global en el que los imputados pueden provenir de diferentes culturas y lenguas. El derecho a una defensa equitativa es un principio fundamental de nuestro ordenamiento jurídico, y la Corte ha reiterado que las garantías procesales deben ser efectivas y no solo formales. Es fundamental que los defensores sean conscientes de estos requisitos para proteger de la mejor manera los derechos de sus asistidos, garantizando que cada imputado pueda comprender plenamente las decisiones que le afectan.

Estudio Jurídico Bianucci