Examen directo del cuerpo del delito: comentario sobre la sentencia n. 14743 de 2024

La reciente sentencia n. 14743 de 2024, emitida por la Corte de Apelación de Milán, aborda un tema de relevante importancia en el derecho penal: el examen directo del cuerpo del delito por parte del juez. Esta decisión, que ha suscitado interés entre los operadores del derecho, establece principios significativos respecto a la instrucción y al contradictorio.

El contexto de la sentencia

En el caso examinado, el juez consideró que el examen directo del cuerpo del delito no constituye una carga instructiva como el reconocimiento de cosas previsto en el artículo 215 del código de procedimiento penal. Por lo tanto, el juez puede proceder de manera autónoma a dicho examen en cámara de consejo, sin necesidad de un contradictorio con la defensa.

El examen directo del cuerpo del delito, al no constituir carga instructiva como el reconocimiento de cosas ex art. 215 cod. proc. pen., puede ser realizado autónomamente por el juez en cámara de consejo, sin contradictorio con la defensa. (En aplicación del principio, la Corte consideró inmune de vicios la decisión en la que, en razón del conocimiento directo del bien adquirido en cámara de consejo, se había plasmado en la motivación el juicio sobre el grado de falsificación de bolsas falsificadas formulado en ausencia de contradictorio, con el argumento de que el defensor bien podía solicitar la visión del cuerpo del delito o la realización de verificaciones sobre las características del producto).

Las implicaciones del principio establecido

Esta sentencia destaca cómo el examen directo del cuerpo del delito puede llevarse a cabo sin contradictorio, lo que plantea interrogantes importantes sobre la protección de los derechos de la defensa. Aunque la Corte afirma que el defensor puede solicitar la visión del cuerpo del delito o realizar verificaciones, es fundamental considerar que la falta de contradictorio podría comprometer el derecho de defensa. Las implicaciones de tal decisión pueden resumirse en los siguientes puntos:

  • Autonomía del juez en el examen directo del cuerpo del delito.
  • Posibilidad de un juicio motivado sin contradictorio, aunque se garantice la solicitud de visión del bien por parte de la defensa.
  • Riesgos potenciales para la protección de los derechos de la defensa en ausencia de contradictorio.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 14743 de 2024 ofrece puntos de reflexión sobre la delicadeza del equilibrio entre la autonomía del juez y la protección de los derechos de la defensa. Si bien se reconoce la necesidad de un examen directo y rápido de los cuerpos del delito, por otro lado es fundamental garantizar que la defensa pueda ejercer plenamente sus derechos. La jurisprudencia futura deberá vigilar para que esta práctica no se convierta en un arma de doble filo en el contexto del debido proceso.

Estudio Jurídico Bianucci