La reciente sentencia n. 39482 del 2 de julio de 2024, depositada el 28 de octubre de 2024, ofrece puntos significativos en relación con el examen de los testigos y la validez de las pruebas recogidas durante el proceso. La Corte de Apelación de Turín ha abordado el delicado tema de las preguntas sugestivas, aclarando que su incumplimiento no conlleva ni la inutilizabilidad ni la nulidad de la prueba. Este principio merece un análisis profundo, ya que toca cuestiones fundamentales del derecho procesal penal italiano.
La Corte, presidida por G. Andreazza y con el relator A. Di Stasi, ha establecido que, si bien la prohibición de hacer preguntas sugestivas es una norma importante para garantizar la integridad de los testimonios, la violación de dicha prohibición no conduce automáticamente a la inutilizabilidad de las pruebas recogidas. En particular, la sentencia destaca que:
Prohibición de hacer preguntas sugestivas - Incumplimiento - Inutilizabilidad o nulidad - Exclusión - Razones - Compromiso de la genuinidad de la declaración - Condiciones. En materia de examen testimonial, la violación de la prohibición de hacer preguntas sugestivas no conlleva ni la inutilizabilidad, ni la nulidad de la prueba recogida, no estando prevista tal sanción en el art. 499 cod. proc. pen., ni pudiendo ser deducida de lo dispuesto en el art. 178 cod. proc. pen. (En la motivación, la Corte añadió que la mencionada violación puede, sin embargo, comprometer la genuinidad de la declaración en caso de que haya afectado el resultado probatorio global de tal manera que haga que el material recogido sea globalmente inadecuado para ser evaluado).
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para el derecho procesal penal. Aclara que, aunque el respeto de las normas procesales es crucial, no todas las violaciones conllevan efectos directos sobre la validez de las pruebas. Por lo tanto, las cortes están llamadas a evaluar el efecto concreto de las preguntas sugestivas sobre el testimonio y sobre todo el proceso. Esta evaluación debe realizarse teniendo en cuenta las normas vigentes, como el art. 178 y el art. 191 del código de procedimiento penal.
En conclusión, la sentencia n. 39482 de 2024 representa un paso importante en la jurisprudencia italiana, reafirmando la necesidad de un análisis atento y contextualizado de las pruebas testimoniales. La interpretación proporcionada por la Corte de Apelación de Turín no solo aclara los límites de la prohibición de preguntas sugestivas, sino que también invita a reflexionar sobre el equilibrio entre la corrección procesal y la eficacia de la prueba en el proceso penal. Un enfoque ponderado sobre estas cuestiones es esencial para garantizar que la justicia no solo sea perseguida, sino también percibida como tal.