Comentario sobre la Sentencia n.º 24225 de 2023: Reflexiones sobre los Delitos Tributarios

La sentencia n.º 24225 del 14 de marzo de 2023 de la Corte de Casación ofrece importantes puntos de reflexión sobre la gestión de los delitos tributarios y sobre las modalidades de evaluación de las pruebas en sede penal. En particular, la Corte ha abordado el tema de la posibilidad de extraer elementos probatorios de las evaluaciones realizadas en sede de comprobación tributaria, destacando cómo el juez penal no está vinculado a tales evaluaciones, sino que debe llegar a una conclusión propia motivada.

El Papel del Juez Penal

Un aspecto central de la sentencia se refiere a la libertad de evaluación del juez penal. Según lo establecido, el juez no está obligado a seguir de manera estricta las conclusiones a las que ha llegado la Agencia Tributaria, sino que tiene la facultad de utilizar estas evaluaciones como elementos inductivos en su proceso de formación del convencimiento. Esto representa una importante distinción, ya que subraya la necesidad de una motivación adecuada para justificar posibles divergencias respecto a lo ya establecido en sede tributaria.

Las Condiciones de Uso de las Evaluaciones Tributarias

La sentencia también aclara las condiciones necesarias para que el juez penal pueda valerse de las evaluaciones tributarias. A tal efecto, la máxima de la sentencia reza:

Delitos - Evaluaciones realizadas en sede de comprobación tributaria - Posibilidad de extraer elementos probatorios en el proceso penal - Existencia - Condiciones - Motivación adecuada - Necesidad - Supuesto. En materia de delitos tributarios, el juez penal no está vinculado por las evaluaciones realizadas en sede de comprobación tributaria, pero puede, con una adecuada motivación, apreciar los elementos inductivos allí valorados, para extraer elementos probatorios, adecuados para sostener su convencimiento. (Supuesto relativo al delito de no ingreso del IVA, en el que se consideró correcta la decisión que, al determinar el impuesto evadido, había hecho referencia al cálculo realizado por la Agencia Tributaria, recibido por la Comisión tributaria territorial). (Conf.: n.º 8319 de 1994, Rv. 198777-01).

Esta máxima subraya la importancia de una motivación robusta por parte del juez, sin la cual las eventuales evaluaciones inductivas no podrían ser utilizadas como prueba. Este enfoque garantiza una mayor garantía de equidad en el proceso penal, evitando que se lleguen a conclusiones apresuradas basadas exclusivamente en comprobaciones tributarias.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n.º 24225 de 2023 representa un paso significativo en la jurisprudencia relacionada con los delitos tributarios, aclarando el papel del juez penal y la necesidad de una adecuada motivación para el uso de las evaluaciones tributarias. Este enfoque no solo protege los derechos de los imputados, sino que también contribuye a garantizar un proceso equitativo y justo, esencial para el correcto funcionamiento del sistema jurídico.

Estudio Jurídico Bianucci