La Sentencia n. 25122 de 2023: Reconocimiento Fotográfico y Utilización de Pruebas en el Derecho Penal

La reciente sentencia de la Corte de Casación n. 25122 del 07/03/2023 ofrece importantes reflexiones sobre el uso de pruebas en el proceso penal, en particular en lo que respecta al reconocimiento fotográfico. La cuestión central es si dicha prueba puede ser utilizada en ausencia de un reconocimiento personal en el juicio, abriendo un debate fundamental sobre las modalidades de identificación de los acusados.

El Contexto de la Sentencia

El caso involucró al acusado M. Z. y se desarrolló en torno a la validez del reconocimiento fotográfico realizado durante las investigaciones preliminares. La Corte estableció que, aunque no se haya realizado un reconocimiento personal en el juicio, la identificación del sujeto puede considerarse válida si está respaldada por declaraciones objetivas y concordantes.

  • La prueba fotográfica puede sustituir la identificación directa.
  • Es fundamental la presencia de datos objetivos que corroboren el testimonio.
  • El tiempo transcurrido desde el evento puede influir en la memoria del testigo, pero no excluye la validez de la prueba.
Reconocimiento fotográfico realizado durante las investigaciones preliminares - Falta de reconocimiento en el juicio - Utilización del reconocimiento fotográfico y adecuación para fundamentar la afirmación de responsabilidad - Existencia - Condiciones - Caso. En materia de pruebas no reguladas por la ley, cuando el reconocimiento fotográfico realizado en la fase de investigaciones preliminares no es seguido, en la fase de juicio, por el reconocimiento personal del acusado presente en términos de "certeza absoluta", la prueba de la identificación del mencionado puede alcanzarse también mediante la evaluación de la declaración confirmativa previa del reconocimiento fotográfico, verificando la existencia de datos objetivos, eventualmente también referidos por el testigo, que expliquen la falta de recuerdo en términos de segura concordancia. (Caso en el que la Corte consideró correcta la decisión de condena emitida frente a la falta de reconocimiento del acusado por parte de un testigo ocular, quien justificó el debilitamiento del recuerdo relacionado con la persona con el tiempo transcurrido desde los hechos, pero que, al mismo tiempo, había reconocido el vehículo utilizado para la huida de los asaltantes, circunstancia que encontraba "aliunde" respaldo extrínseco).

Implicaciones de la Sentencia

La decisión de la Corte de Casación destaca la flexibilidad de la normativa probatoria en Italia, permitiendo utilizar el reconocimiento fotográfico como prueba válida incluso en ausencia de un fuerte vínculo entre el testigo y el acusado. Esta sentencia se alinea con los principios del Debido Proceso, sancionados por la Convención Europea de Derechos Humanos, que busca garantizar un equilibrio entre las necesidades de justicia y los derechos del acusado.

Conclusiones

La sentencia n. 25122 de 2023 representa un importante hito en la jurisprudencia italiana respecto a las pruebas en el proceso penal. Aclara que, aunque el reconocimiento personal en el juicio sea preferible, su ausencia no afecta necesariamente la validez de otras formas de identificación, como el reconocimiento fotográfico. Las implicaciones de esta decisión podrían influir en futuros casos y en la práctica legal en Italia, haciendo fundamental para los abogados y operadores del derecho una comprensión profunda de estos desarrollos normativos.

Estudio Jurídico Bianucci