Sentencia n. 36918 de 2024: Inutilizabilidad de las declaraciones no asistidas y solicitudes de retrodatación

La sentencia n. 36918 de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema crucial en el derecho penal italiano: la inutilizabilidad de las declaraciones realizadas por sujetos no asistidos y que fueron registradas tardíamente en el registro de noticias de delito. Este principio es fundamental para garantizar el respeto de los derechos de defensa y la legalidad de las pruebas utilizadas en el proceso penal.

El contexto de la sentencia

En el caso examinado, el recurrente impugnaba el rechazo de la excepción de inutilizabilidad de las declaraciones hechas por un sujeto cuya inscripción en el registro se había realizado con retraso. La Corte aclaró que, para impugnar la inutilizabilidad de tales declaraciones, es necesario presentar una solicitud de retrodatación de la inscripción, como lo establece el artículo 335-quater del código de procedimiento penal.

El principio de la inutilizabilidad

PROHIBICIONES DE UTILIZACIÓN (INUTILIZABILIDAD) - Declaraciones no asistidas realizadas por un sujeto registrado tardíamente en el registro de noticias de delito - Inutilizabilidad - Modalidades de deducción - Solicitud de retrodatación de acuerdo con el art. 335-quater cod. proc. pen. - Necesidad - Caso. Quien pretenda impugnar la inutilizabilidad de las declaraciones realizadas, en violación de los arts. 61 y 63 cod. proc. pen., por un sujeto cuyo nombre ha sido registrado tardíamente por el fiscal en el registro de noticias de delito, debe necesariamente presentar una solicitud de retrodatación de la inscripción, en las formas y dentro de los plazos establecidos por el art. 335-quater cod. proc. pen. (Caso relativo a un recurrente que se quejaba del rechazo, por parte del tribunal de revisión, de la excepción de inutilizabilidad de las declaraciones no asistidas realizadas por un sujeto que, según él, había sido registrado tardíamente en el registro de noticias de delito, en el cual la Corte declaró inadmisible el motivo del recurso, ya que el recurrente no había solicitado formal y oportunamente - al juez de instrucción o al mismo tribunal de revisión - la retrodatación de la inscripción).

Este principio se basa en la necesidad de garantizar un proceso justo, en el que las declaraciones utilizadas como pruebas sean recopiladas en cumplimiento de las normas procedimentales. La sentencia subraya cómo la tardía inscripción en el registro de noticias de delito puede comprometer la validez de las declaraciones realizadas, especialmente si el sujeto no tuvo la oportunidad de ser asistido por un abogado en el momento de su recolección.

Implicaciones prácticas y conclusiones

La decisión de la Corte de Casación tiene importantes repercusiones para los abogados y quienes se ocupan del derecho penal. Es fundamental que, en presencia de declaraciones potencialmente no utilizables, se siga escrupulosamente el procedimiento de solicitud de retrodatación, respetando los plazos y modalidades previstos por la ley.

  • Respetar siempre los plazos de prescripción para la solicitud de retrodatación.
  • Garantizar que todas las declaraciones estén asistidas por un abogado, especialmente en la fase de investigaciones preliminares.
  • Ser consciente de los derechos de defensa de su asistido, evitando que declaraciones no válidas comprometan el proceso.

En conclusión, la sentencia n. 36918 de 2024 representa una importante guía para la gestión de pruebas en el proceso penal, destacando la importancia del respeto de los procedimientos para garantizar un juicio justo y la protección de los derechos de los imputados.

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