Comentario sobre la Sentencia n. 16659 de 2024: Abuso de Poder y Límites de Contratación

La reciente sentencia n. 16659, emitida por la Corte de Casación el 7 de marzo de 2024, arroja nueva luz sobre la configurabilidad del delito de abuso de poder en relación con la modificación de los límites de umbral para la celebración de contratos de prestación de servicios. Esta decisión es de particular relevancia, ya que introduce una interpretación retroactiva de la normativa, influyendo en el comportamiento futuro de los funcionarios públicos y de las administraciones públicas.

El Contexto Normativo

El Decreto Legislativo 31 de marzo de 2023 n. 36 ha modificado el artículo 50, elevando el límite umbral para el inicio del procedimiento de licitación pública de 40.000 euros a 140.000 euros. Esta modificación ha suscitado interrogantes sobre su aplicabilidad retroactiva y sobre la posible relevancia penal de los contratos ya celebrados. La Corte ha establecido que el aumento del umbral tiene efecto retroactivo, reconociendo la norma como extrapenal e integradora de la penal.

Las Repercusiones de la Sentencia

Abuso de poder - Modificación, ex art. 50 d.lgs. n. 36 de 2023, del límite umbral más allá del cual se requiere el previo inicio del procedimiento de licitación pública para la celebración de un contrato de prestación de servicios - Eficacia retroactiva - Razones - Consecuencias. En materia de abuso de poder, a efectos de la configurabilidad del delito, tiene eficacia retroactiva la disposición de elevación, ex art. 50, párrafo 1, letra b), d.lgs. 31 de marzo de 2023, n. 36, del límite umbral por encima del cual la celebración de un contrato de prestación de servicios debe ser precedida por el inicio del procedimiento de licitación pública, debiendo reconocerse a la indicada disposición naturaleza de norma extrapenal integradora de la penal, de modo que, como consecuencia de dicha sucesión mediada de leyes, pierde relevancia penal la celebración de contratos de servicios de valor que exceda el límite umbral anterior de 40.000,00 euros, pero que sea inferior al que se introdujo posteriormente, equivalente a 140.000,00 euros.

Esta decisión tiene consecuencias significativas para las administraciones públicas, ya que reduce el riesgo de incurrir en delitos de abuso de poder por contratos que, aunque superen el límite anterior, ya no están bajo la relevancia penal. Esto significa que los contratos de valor comprendido entre 40.000 y 140.000 euros ya no están sujetos a sanciones penales, siempre que se hayan celebrado de acuerdo con la nueva normativa.

Conclusiones

La sentencia n. 16659 de 2024 representa un cambio importante en el panorama jurídico italiano, ya que aclara el significado del aumento de los umbrales de contratación en relación con el abuso de poder. Es fundamental que las administraciones públicas y los funcionarios públicos sean conscientes de estas modificaciones, para evitar incurrir en comportamientos que puedan ser interpretados como ilícitos. La interpretación retroactiva de la norma ofrece una mayor certeza jurídica y podría fomentar una gestión más responsable de los contratos por parte de las entidades públicas.

Estudio Jurídico Bianucci