Comentario a la Sentencia n. 15637 de 2024: Secuestro Preventivo y Principio de Proporcionalidad

La sentencia n. 15637 del 13 de marzo de 2024, depositada el 16 de abril de 2024, ofrece importantes reflexiones en materia de medidas cautelares, en particular respecto al secuestro preventivo impeditivo. De hecho, aborda el delicado equilibrio entre las necesidades de justicia y la salvaguarda de los derechos individuales, destacando el papel crucial del principio de proporcionalidad.

El Principio de Proporcionalidad en el Secuestro Preventivo

La Corte ha aclarado que el principio de proporcionalidad debe aplicarse no solo en la fase de adopción de las medidas cautelares, sino también durante su ejecución. En particular, se pronunció sobre la orden de desalojo emitida por el ministerio público, estableciendo que no es tarea del juez cautelar reevaluar, en ausencia de impulso de parte, la existencia del "periculum in mora".

  • Secuestro Preventivo Impeditivo: medida adoptada para prevenir la comisión de delitos o para evitar el riesgo de agravamiento de la situación.
  • Principio de Proporcionalidad: la medida cautelar debe ser adecuada y necesaria en relación con el objetivo a alcanzar.
  • Papel del Juez: limitado en la reevaluación de las necesidades cautelares si no es solicitado por las partes.

Máxima de la Sentencia e Implicaciones Prácticas

APLICABILIDAD - Ejecución del secuestro preventivo impeditivo - Orden de desalojo del ministerio público - Principio de proporcionalidad - Aplicabilidad - Condiciones - Poder de reevaluación de oficio de las necesidades cautelares - Exclusión - Razones. En materia de secuestro preventivo llamado impeditivo, el principio de proporcionalidad, aplicable también en la fase de ejecución del vínculo mediante la orden de desalojo emitida por el ministerio público, no implica, en ausencia de impulso de parte, la reevaluación, por parte del juez cautelar, de la existencia del requisito del "periculum in mora", dado que, si esto fuera permitido, se determinaría una indebida invasión en prerrogativas del órgano requirente, encargado de la ejecución del decreto.

Esta máxima resalta la importancia de mantener un equilibrio entre las prerrogativas del órgano requirente y el rol del juez cautelar, evitando interferencias injustificadas. La Corte, citando el Nuevo Código de Procedimiento Penal, enfatizó la necesidad de respetar las condiciones de aplicabilidad del secuestro preventivo, evitando que el juez sustituya al ministerio público en la evaluación de las necesidades cautelares.

Conclusiones

La sentencia n. 15637 de 2024 representa un importante hito en la jurisprudencia italiana en relación con el secuestro preventivo. Subraya la necesidad de una clara delimitación de los poderes entre las diferentes figuras involucradas en el proceso penal, garantizando así una mayor protección de los derechos de los sujetos involucrados. La interpretación de la Corte ofrece puntos significativos para la práctica legal, reafirmando la importancia de un enfoque proporcionado y respetuoso de las diferentes funciones en el sistema jurídico.

Estudio Jurídico Bianucci