La sentencia n. 27098 de 2024 y el delito de calumnia: aclaraciones jurídicas

La reciente sentencia n. 27098 del 4 de junio de 2024, depositada el 9 de julio de 2024, ha planteado importantes cuestiones respecto al delito de calumnia y su interacción con el instituto de la absolución. La Corte de Casación ha abordado el tema de la necesidad de verificar la inocencia del calumniado en un contexto jurídico complejo, aclarando algunos aspectos fundamentales que merecen ser examinados con atención.

El contexto de la sentencia

La Corte ha rechazado el recurso presentado por la defensa, estableciendo que una absolución irrevocable conforme al artículo 530, apartado 2, del código de procedimiento penal no implica automáticamente la conclusión de la inocencia del calumniado. La decisión se basa en la importante distinción entre la evaluación de la responsabilidad penal del calumniado y la existencia del delito subyacente.

Delito subyacente - Sentencia irrevocable de absolución conforme al art. 530, apartado 2, cod. proc. pen. - Consecuencias - Duda sobre la existencia del delito de calumnia - Necesidad - Exclusión. La duda sobre la existencia del delito subyacente, aunque sancionada por una sentencia irrevocable, no justifica, por sí sola, la duda sobre la existencia del delito de calumnia. (En la motivación, la Corte precisó que, en el juicio por el delito de calumnia, la inocencia del calumniado no debe necesariamente ser verificada de manera prejudicial en un procedimiento penal separado y el fallo eventualmente formado al respecto debe ser evaluado libre y autónomamente). (Conf.: n. 8637 de 1979, Rv. 143174-01).

Las implicaciones jurídicas

La sentencia n. 27098 de 2024 se inserta en una línea jurisprudencial consolidada, que ha encontrado respaldo en decisiones anteriores de la Corte. En particular, la Corte ha reiterado que:

  • La inocencia del calumniado no debe ser verificada en un procedimiento separado.
  • El fallo formado en otro contexto debe ser evaluado de manera autónoma.
  • La duda sobre la existencia del delito subyacente no justifica automáticamente la duda sobre la calumnia.

Esta posición está en línea con el principio de legalidad y con la necesidad de garantizar un juicio justo, evitando confusiones entre las diferentes fases del procedimiento penal.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 27098 de 2024 representa una importante confirmación de la separación entre el delito de calumnia y la evaluación de eventuales delitos subyacentes. Los operadores del derecho y los ciudadanos deben ser conscientes de que una absolución no implica automáticamente la inocencia en el contexto de la calumnia y que cada caso debe ser evaluado según las circunstancias específicas. Esta decisión ofrece puntos de reflexión sobre la complejidad del derecho penal y sobre la necesidad de un enfoque riguroso y preciso en la interpretación de las normas.

Estudio Jurídico Bianucci