La reciente sentencia de la Corte Suprema de Casación (n. 26263 del 4 de julio de 2024) ha reavivado el debate sobre los requisitos necesarios para la configuración del delito de maltratos en la familia, en particular respecto a la necesaria convivencia entre el autor de los delitos y la víctima. La decisión, que anuló la sentencia de la Corte de Apelación de Venecia, se centra en la importancia de la prueba de la convivencia para la integración del delito según el art. 572 del Código Penal.
En la sentencia en cuestión, A.A. había sido condenado por maltratos hacia su conviviente, pero el recurso puso en duda la efectiva existencia de una relación de convivencia. La Corte de Apelación había considerado que la paternidad común era suficiente para configurar el delito, sin profundizar adecuadamente en la cuestión de la convivencia. Sin embargo, la Casación destacó que la falta de un proyecto de vida común y la distancia geográfica entre los dos eran elementos relevantes para el esclarecimiento del hecho delictivo.
La Corte subrayó cómo el concepto de "convivencia" presupone una relación afectiva estable y duradera, no limitada a contactos esporádicos.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones tanto en el plano jurídico como en el social. De hecho, el principio que establece la necesidad de una convivencia efectiva para configurar el delito de maltratos en la familia es fundamental para prevenir abusos de la normativa penal. La jurisprudencia, como ha destacado la Casación, debe atenerse a criterios restrictivos, evitando interpretaciones excesivamente amplias que puedan llevar a conflictos entre las partes.
En conclusión, la sentencia de la Casación representa un paso significativo hacia una definición más clara de los requisitos necesarios para la configuración del delito de maltratos en la familia. La necesidad de establecer una convivencia efectiva entre el autor y la víctima es un elemento crucial que ayuda a garantizar una justicia equitativa y proporcionada. La jurisprudencia debe continuar evolucionando para responder adecuadamente a las complejidades de las relaciones familiares modernas, protegiendo tanto a las víctimas de maltratos como los derechos de los imputados.