La Sentencia n. 47927 de 2023: La importancia del mandato a impugnar en el recurso de casación

La sentencia n. 47927 del 20 de octubre de 2023, depositada el 1 de diciembre de 2023, se inserta en un contexto jurídico de relevante actualidad, abordando la cuestión de la admisibilidad del recurso de casación en relación con la obligación de presentar un mandato a impugnar. Esta decisión es particularmente significativa ya que introduce aclaraciones sobre la normativa vigente en materia de impugnaciones, estableciendo reglas precisas para los imputados ausentes.

El Contexto Normativo

La referencia principal de la sentencia es el artículo 581, párrafo 1-quater, del código de procedimiento penal, introducido por el Decreto Legislativo n. 150 del 10 de octubre de 2022. Dicha norma establece que, en caso de ausencia del imputado, es necesario otorgar al defensor un mandato específico para proceder a la impugnación, bajo pena de inadmisibilidad de la misma. Este mecanismo ha sido concebido para garantizar que el imputado esté siempre informado sobre el desarrollo del proceso, incluso cuando no está presente.

Las Implicaciones de la Sentencia

ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD - Carga de presentar el mandato específico a impugnar previsto por el art. 581, párrafo 1-quater, cod. proc. pen. - Aplicabilidad al recurso de casación - Existencia - Razones. En materia de impugnaciones, lo dispuesto en el art. 581, párrafo 1-quater, cod. proc. pen., introducido por el art. 33 d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, donde se impone al imputado ausente, bajo pena de inadmisibilidad de la impugnación, otorgar al defensor un mandato específico a impugnar emitido después de la sentencia, es aplicable también al juicio de casación, tratándose de una disposición funcional para garantizar al imputado el seguro conocimiento del avance del proceso. (En la motivación, la Corte también precisó que la carga de adjuntar al acto de impugnación la elección o declaración de domicilio, prevista también bajo pena de inadmisibilidad, opera solo en el caso en que la impugnación genere la necesidad de notificar el decreto de citación a juicio y, por lo tanto, solo en caso de que se presente un acto de apelación, sin que importe que el impugnante haya sido o no declarado ausente en el grado de juicio anterior).

La Corte ha reafirmado que la carga de presentar el mandato se extiende también al recurso de casación, subrayando la importancia de dicho documento para garantizar el derecho a la defensa y el conocimiento del proceso. Además, se ha aclarado que la obligación de proporcionar la elección o declaración de domicilio se aplica solo en circunstancias específicas relacionadas con el acto de apelación.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 47927 de 2023 representa un paso significativo hacia una mayor claridad en los procedimientos de impugnación, reforzando los derechos de los imputados y garantizando un adecuado ejercicio del derecho de defensa. Es fundamental que los abogados presten especial atención a estos aspectos, a fin de evitar inadmisibilidades en los recursos y garantizar una correcta representación de sus asistidos incluso en caso de ausencia durante las audiencias.

Estudio Jurídico Bianucci