La Sentencia n. 14868 de 2024: Contradictorio y Proceso Cameral en la Era Covid-19

La sentencia n. 14868 del 27 de febrero de 2024, emitida por la Corte de Apelación de Catania, aborda un tema de crucial importancia para el derecho penal contemporáneo: la violación del contradictorio en un contexto de emergencia sanitaria. Esta decisión, que se enmarca en la disciplina emergencial debida a la pandemia por Covid-19, plantea interrogantes significativos respecto a la salvaguarda de los derechos de los imputados durante los juicios.

Contexto de la Sentencia y Proceso Cameral

El caso en cuestión se refiere al juicio de apelación, en el cual el defensor del imputado, E. C., había presentado una solicitud de tratamiento oral de manera oportuna y ritual. Sin embargo, el proceso se llevó a cabo con un procedimiento cameral no participativo, un aspecto que llevó a la Corte a evaluar si tal modalidad procesal había implicado una violación del contradictorio.

La Corte estableció que, en presencia de una solicitud de tratamiento oral, la celebración del juicio en forma escrita y sin la participación activa de las partes determina una nulidad general por violación del contradictorio. Esta nulidad es configurable según los arts. 178, párrafo 1, letra c, y 180 del Código de Procedimiento Penal, y, si no se plantea en el momento de las conclusiones, es susceptible de sanación.

La Máxima de la Sentencia

Disciplina emergencial por Covid-19 - Oportuna y ritual solicitud de tratamiento oral - Juicio celebrado con procedimiento cameral no participativo - Violación del contradictorio - Nulidad general a régimen intermedio - Configurabilidad - Sanación - Posibilidad - Condiciones. En materia de juicio de apelación, bajo la vigencia de la disciplina emergencial de contención de la pandemia por Covid-19, cuando el defensor del imputado haya presentado una solicitud ritual y oportuna de tratamiento oral, la realización del juicio con procedimiento cameral no participativo determina una nulidad general por violación del contradictorio según los arts. 178, párrafo 1, letra c, y 180, cod. proc. penal, susceptible de sanación si no se plantea en el momento de la formulación de las conclusiones, como primer acto posterior de participación en el procedimiento "cartulario".

Implicaciones de la Sentencia

Esta sentencia tiene importantes implicaciones para la protección de los derechos de los imputados en situaciones de emergencia. En un contexto en el que las medidas extraordinarias han modificado las modalidades de celebración de los juicios, la salvaguarda del contradictorio sigue siendo un principio fundamental del derecho procesal penal. La decisión de la Corte de Apelación de Catania reafirma la necesidad de garantizar una participación efectiva y no solo formal de los imputados y sus defensores.

  • Reconocimiento de la violación del contradictorio como nulidad general.
  • Posibilidad de sanación solo si no se plantea en el momento de las conclusiones.
  • Fortalecimiento de los derechos defensivos en periodo de emergencia.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 14868 de 2024 representa un importante punto de referencia para el derecho penal italiano, destacando cómo la protección de los derechos fundamentales de los imputados debe permanecer en el centro del proceso, incluso en situaciones extraordinarias como las vividas durante la pandemia. La atención de la Corte al respeto del contradictorio demuestra el compromiso de garantizar un juicio justo, reiterando que la forma nunca puede prevalecer sobre los derechos sustanciales de los individuos.

Estudio Jurídico Bianucci