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Comentario sobre la Sentencia n. 33972 de 2023: Continuidad Normativa y Tratamiento Ilegal de Datos Personales

La Sentencia n. 33972 del 16 de junio de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes puntos de reflexión sobre el tratamiento ilegal de datos personales, en particular en lo que respecta a los datos relativos a la salud. La decisión se inserta en un contexto normativo en evolución, caracterizado por la continua necesidad de protección de los datos sensibles de los individuos. La Corte ha analizado la continuidad normativa entre las disposiciones del d.lgs. n. 196 de 2003, en su formulación original y en la que fue posteriormente modificada por el d.lgs. n. 101 de 2018.

El Contexto Normativo

El delito previsto en el art. 167, párrafo 2, del d.lgs. 196/2003 castiga el tratamiento ilegal de datos personales. Con la entrada en vigor del Reglamento UE 2016/679 (GDPR), el legislador italiano ha tenido que adecuar su normativa, pero la Corte ha establecido que no hay una ruptura entre las dos formulaciones: la sustancia de la incriminación permanece inalterada. Esto significa que el tratamiento ilegal de datos personales, incluso después de las novedades legislativas, continúa siendo perseguible.

Relaciones entre el delito previsto en el art. 167, párrafo 2, d.lgs. 196 de 2003 en su formulación reformada por el d.lgs. n. 101 de 2018 y el que se prevé en la misma norma en la formulación anterior - Continuidad normativa - Existencia - Razones. En materia de tratamiento ilegal de datos personales relativos a la salud, existe continuidad normativa entre el delito previsto en el art. 167, párrafo 2, d.lgs. 30 de junio de 2003, n. 196, en la formulación posterior a la reforma realizada por el art. 15, párrafo 1, letra b), d.lgs. 10 de agosto de 2018, n. 101, y el que se prevé en la misma norma en la formulación anterior, continuando siendo incriminado el tratamiento de los datos personales a los que se refieren los arts. 9 y 10 del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, realizado en violación de las disposiciones de los arts. 2-sexies y 2-octies o de las medidas de garantía del art. 2-septies, d.lgs. n. 196 de 2003, que cause daño al interesado y esté destinado a obtener un beneficio para sí o para otros o a provocar tal daño.

Implicaciones de la Sentencia

La sentencia subraya la importancia de la protección de los datos personales, especialmente los sensibles, como los relativos a la salud. Las siguientes implicaciones emergen de la decisión:

  • Continuidad normativa: La Corte ha afirmado que las modificaciones normativas no han alterado la sustancia de los delitos previstos, manteniendo un marco jurídico estable para la protección de los datos.
  • Incriminación del tratamiento ilegal: Permanece punible el tratamiento de datos sensibles que viole las normativas, causando daño al interesado.
  • Reflejos sobre el GDPR: La decisión destaca la interconexión entre la normativa italiana y el GDPR, sugiriendo que los principios europeos están integrados en el sistema nacional.

Conclusiones

La Sentencia n. 33972 de 2023 representa un importante avance en la jurisprudencia italiana respecto al tratamiento de datos personales. No solo reafirma la continuidad normativa entre las diferentes formulaciones de la ley, sino también la importancia de garantizar la protección de los datos sensibles, en una época en la que la digitalización y la gestión de datos personales están asumiendo un papel cada vez más central en la vida cotidiana. Los operadores del sector legal y los profesionales de la privacidad deben mantenerse vigilantes y actualizados respecto a estas evoluciones, para garantizar una adecuada protección de los derechos de los individuos.