• via Alberto da Giussano, 26, 20145 Milano
  • +39 02 4003 1253
  • info@studiolegalebianucci.it
  • Abogado Penalista, Abogado de Familia, Abogado de Divorcios

La Sentencia n. 17563 de 2023: Injuria y Difamación en Comparación

La reciente sentencia n. 17563 del 23 de marzo de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones respecto a la distinción entre injuria y difamación, dos figuras que se enmarcan en los delitos contra el honor. Esta sentencia analiza el caso de un imputado, U. A., acusado de haber enviado un mensaje ofensivo durante un evento social, y proporciona indicaciones sobre cómo contextualizar las ofensas en presencia de terceros.

Injuria y Difamación: Diferencias Fundamentales

La sentencia aclara que la injuria, agravada por la presencia de más personas, se configura cuando la ofensa se dirige directamente al interesado en un contexto donde también están presentes terceros. Si, en cambio, el destinatario de la ofensa no tiene la posibilidad de responder directamente, se configura la difamación. Esta distinción es crucial para la calificación jurídica de los comportamientos ofensivos.

Injuria en presencia de terceros - Difamación - Diferencias - Identificación - Figura. En materia de delitos contra el honor, se incurre en la hipótesis despenalizada de la injuria agravada por la presencia de más personas cuando están concurrentemente presentes - físicamente, en la misma unidad de tiempo y lugar, o "virtualmente", en el caso del uso de las modernas tecnologías de comunicación - la persona ofendida, los terceros y el mismo ofensores, mientras que, si falta la posibilidad de interlocución directa entre autor y destinatario de la ofensa, que queda privado de la posibilidad de réplica, se configura el delito de difamación. (Figura relativa a escrito ofensivo entregado a las personas ofendidas y a terceros en una ocasión social, en la que la Corte consideró correctamente calificada en términos de difamación la conducta del imputado no presente en la velada).

Implicaciones de la Sentencia

La decisión de la Corte tiene repercusiones significativas en el contexto actual, en el que las comunicaciones pueden llevarse a cabo a través de diversos medios, incluidos las redes sociales. La sentencia recuerda que incluso las interacciones virtuales pueden dar lugar a la configuración de delitos de difamación, especialmente cuando la persona ofendida no tiene la posibilidad de replicar de inmediato. Además, la Corte ha citado precedentes jurisprudenciales que confirman esta interpretación, subrayando la necesidad de un análisis contextual al evaluar las ofensas.

  • Relevancia de la interlocución directa
  • Impacto de las modernas tecnologías de comunicación
  • Precedentes jurisprudenciales de apoyo

Conclusiones

La sentencia n. 17563 de 2023 representa un paso importante en la clarificación de las dinámicas legales relacionadas con el honor y la dignidad personal. La distinción entre injuria y difamación no es solo una cuestión de terminología, sino que tiene profundas implicaciones legales para quienes comunican, tanto en contextos públicos como privados. Es fundamental que los ciudadanos sean conscientes de estas diferencias para evitar incurrir en consecuencias legales no deseadas.