• via Alberto da Giussano, 26, 20145 Milano
  • +39 02 4003 1253
  • info@studiolegalebianucci.it
  • Abogado Penalista, Abogado de Familia, Abogado de Divorcios

Detención de estupefacientes: la sentencia de la Corte de Casación y el principio de tenue

La reciente sentencia de la Corte Suprema de Casación (Cass. pen., Sez. VI, Sent., n. 45061 del 25/11/2022) ofrece una importante ocasión de reflexión sobre los principios que rigen los delitos relacionados con los estupefacientes, en particular sobre la distinción entre conductas de leve entidad y aquellas más graves. En este artículo, analizaremos los puntos destacados de la decisión, resaltando el contexto jurídico y las implicaciones prácticas para los sujetos involucrados.

El caso A.A. y la decisión de la Corte

El caso en cuestión se refería a A.A., condenado por detención de estupefacientes según el D.P.R. 9 de octubre de 1990, n. 309, art. 73. La Corte de Apelación de Roma había confirmado la condena, negando sin embargo la desclasificación del delito a una tipificación de leve entidad, a pesar de que el recurrente había planteado cuestiones relativas a la evaluación de la cantidad de sustancia incautada. La Casación acogió el recurso, subrayando cómo la Corte de Apelación había excluido la tenuedad del hecho basándose exclusivamente en el dato ponderal, desestimando una evaluación global de la conducta.

La evaluación del hecho debe considerar la complejidad del mismo, valorando - en sentido positivo o negativo - todos los elementos que caracterizan esa determinada conducta.

Los principios de tenuedad y la jurisprudencia

La Corte ha citado las recientes pronunciamientos de las Secciones Unidas, destacando que la evaluación de la tenuedad del hecho no puede limitarse a considerar únicamente el dato cuantitativo. Es necesario evaluar también el contexto en el que se cometió el delito, como por ejemplo:

  • Modalidades de adquisición y detención de la sustancia
  • Eventual destino al uso personal
  • Ausencia de elementos que demuestren una actividad de tráfico estable

Particularmente relevante es la afirmación según la cual, en ausencia de índices específicos de ofensividad, el dato cuantitativo puede considerarse un elemento determinante para reconocer el hecho como de leve entidad.

Conclusiones

La sentencia de la Casación marca un paso importante hacia una mayor atención a la evaluación global de las conductas relacionadas con la detención de estupefacientes. Subraya la importancia de no detenerse en un análisis meramente cuantitativo, sino de considerar también los aspectos cualitativos y contextuales. Este enfoque podría llevar a una mayor equidad en las decisiones judiciales y a una aplicación más coherente de la ley sobre los delitos de estupefacientes.