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Análisis de la Sentencia Cass. pen., Sez. V, n. 16115 de 2024: Bancarrota Fraudulenta y Dolo Genérico

La Corte de Casación, con la sentencia n. 16115 de 2024, se pronunció sobre un caso de bancarrota fraudulenta, abordando cuestiones cruciales relacionadas con el elemento subjetivo del delito y la responsabilidad penal de los administradores de sociedades en quiebra. La decisión recorre los principios consolidados de la jurisprudencia en la materia y aclara las consecuencias jurídicas de las conductas ilícitas en el contexto de los procedimientos de quiebra.

El Caso y las Acusaciones

El recurrente, A.A., administrador de la sociedad VT CARNI Srl, fue condenado por bancarrota fraudulenta distrayente y documental. La Corte de apelaciones de Milán había confirmado la condena, destacando cómo el administrador había realizado pagos no justificados a favor de familiares, justo antes de la declaración de quiebra. Este comportamiento alimentó la presunción de dolo, no siendo necesaria una prueba directa del estado de insolvencia.

La Corte de apelaciones estableció que para la integración del delito de bancarrota fraudulenta es suficiente la voluntad consciente de destinar los recursos empresariales a fines ajenos a la actividad social.

Los Aspectos Jurídicos de la Sentencia

  • Elemento Subjetivo del Delito: La Corte reiteró que el dolo genérico es suficiente para configurar la bancarrota fraudulenta, sin necesidad de demostrar la conciencia de la insolvencia.
  • Bancarrota Documental: Los Jueces consideraron que la ausencia de escrituras contables detalladas impedía la reconstrucción del patrimonio societario, configurando el dolo genérico.
  • Continuación de los Delitos: Se confirmó la posibilidad de agrupar en un único juicio de continuación las conductas de bancarrota relacionadas con diferentes procedimientos de quiebra.

Conclusiones

La sentencia n. 16115 de 2024 constituye un importante referente para la materia de la bancarrota fraudulenta, aclarando cómo el dolo genérico puede deducirse también de comportamientos que, a primera vista, podrían parecer aislados o no significativos. Los administradores deben ser conscientes de las responsabilidades vinculadas a la gestión de los recursos empresariales y de las consecuencias legales de sus acciones, especialmente en contextos de crisis económica. Esta pronuncia de la Corte de Casación, por lo tanto, ofrece puntos de reflexión tanto para los profesionales del derecho como para los empresarios sobre la necesidad de una gestión transparente y responsable de las actividades societarias.