Comentario a la Sentencia n. 50237 de 2023: Analfabetismo y Conocimiento del Proceso

La sentencia n. 50237 del 12 de octubre de 2023, depositada el 15 de diciembre de 2023, ofrece importantes reflexiones sobre la rescisión de la cosa juzgada en caso de conocimiento inocente del proceso. En particular, destaca cómo el analfabetismo del imputado no puede ser considerado un motivo legítimo para justificar la falta de conocimiento sobre la pendencia del proceso mismo.

El Contexto Jurídico de la Sentencia

El caso examinado por la Corte de Casación se refiere a D. P. M. B., quien, a pesar de haber recibido la notificación de actos procesales significativos, afirmó no haber comprendido su contenido debido a su condición de analfabetismo. Sin embargo, la Corte rechazó tal argumento, afirmando que la notificación se había realizado correctamente y, por lo tanto, el imputado no podía considerarse inocente.

La normativa aplicable, anterior a la reforma Cartabia, establece que la simple existencia de una notificación válida implica que el imputado debe ser consciente de la pendencia del proceso. Este principio es coherente con las normas del Nuevo Código de Procedimiento Penal, en particular con los artículos 629 bis y 178.

Análisis de la Máxima de Sentencia

Rescisión de la cosa juzgada - Conocimiento inocente del proceso - Analfabetismo - Relevancia - Exclusión - Supuesto. En materia de rescisión de la cosa juzgada - en la normativa anterior a la reforma conocida como Cartabia - cuando se haya comprobado la notificación al imputado de actos de los cuales podía deducirse la pendencia del proceso (en el presente caso, aviso ex art. 415 -bis cod. proc. pen. y acta de reprogramación de la audiencia de juicio), no es relevante que el mismo no haya comprendido el contenido por analfabetismo, no pudiendo en tal caso considerarse inocente la falta de conocimiento del proceso.

Esta máxima destaca claramente que, en presencia de una notificación válida, el imputado tiene la carga de asegurarse de la situación procesal, independientemente de sus capacidades de comprensión. Por lo tanto, la Corte establece un principio de responsabilidad personal, según el cual la ignorancia no puede invocarse como excusa si la pendencia del proceso ha sido comunicada regularmente.

Conclusiones

La sentencia n. 50237 de 2023 representa una importante confirmación de la necesidad de garantizar que todos los actores del proceso penal, independientemente de sus condiciones personales, estén adecuadamente informados sobre su posición legal. Invita a reflexionar sobre el delicado equilibrio entre derechos individuales y el deber de conocimiento, subrayando que el analfabetismo, aunque es una condición que debe considerarse con sensibilidad, no debe convertirse en una excusa para evadir las responsabilidades procesales.

Estudio Jurídico Bianucci