Sentencia n. 14710 de 2024: La Nulidad de la Pronuncia por Violación del Contradictorio

La sentencia n. 14710 del 27 de marzo de 2024, depositada el 10 de abril de 2024, representa un importante avance en la comprensión de la procedibilidad de los delitos a la luz de las recientes modificaciones legislativas. En particular, la Corte ha establecido que es nula la sentencia de sobreseimiento emitida por falta de la condición de procedibilidad del delito, en el caso de que el juez no haya permitido un adecuado contradictorio sobre las modificaciones de la imputación.

El Contexto Normativo

La sentencia se inscribe en el contexto del decreto legislativo n. 150 de 2022, que ha introducido relevantes modificaciones en materia de procedibilidad de los delitos. En particular, el nuevo marco normativo prevé que incluso las modificaciones a la imputación, si son aptas para hacer procedente el delito de oficio, deben ser consideradas por el juez. Este aspecto es crucial, ya que la posibilidad de impugnar una agravante no puede ser ignorada, especialmente cuando el juez ya ha tomado una decisión sobre la cuestión de la procedibilidad.

El Principio del Contradictorio

La Corte ha puntualizado que la violación del principio del contradictorio es una de las principales razones que conducen a la nulidad de la pronuncia. De hecho, en el caso específico, el juez ha limitado la interlocución de las partes exclusivamente a la cuestión de la procedibilidad, descuidando considerar la impugnación supletoria de la agravante presentada por el ministerio público. Este enfoque ha llevado a una decisión afectada por nulidad absoluta.

PENALIDAD - Procedibilidad sobrevenida a querella del delito a raíz del d.lgs. n. 150 de 2022 - Impugnación supletoria de agravante que conlleva la procedibilidad de oficio - Pronuncia de sentencia ex art. 129 cod. proc. pen. por defecto de querella - Conclusiones de las partes solo sobre la procedibilidad - Consecuencias - Nulidad de la pronuncia - Razones. Está afectada por nulidad absoluta de orden general, por violación del principio del contradictorio, la sentencia de sobreseimiento ex art. 129 cod. proc. pen. por falta de la condición de procedibilidad del delito, a la luz del d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, en el caso de que el juez haya permitido la interlocución de las partes solo sobre la cuestión de la procedibilidad, considerando irrelevante, por ser tardía, la modificación de la imputación por parte del ministerio público, mediante la impugnación de una agravante apta, en abstracto, para hacer procedente el delito de oficio.

Conclusión

La sentencia n. 14710 de 2024 reitera la importancia del respeto al principio del contradictorio y la necesidad de considerar las modificaciones normativas ocurridas durante el transcurso del juicio. Las decisiones del juez deben reflejar la complejidad y la dinámica del proceso penal, de manera que se garantice un justo derecho de defensa y la correcta aplicación de la ley. En un contexto normativo en continua evolución, es fundamental que todos los sujetos involucrados en el proceso penal estén adecuadamente informados y representados.

Estudio Jurídico Bianucci