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Comentario sobre la sentencia n. 35682 de 2023: Reforma de las medidas alternativas a la detención

La sentencia n. 35682 del 23 de mayo de 2023, pronunciada por la Corte de Casación, aporta modificaciones significativas a la interpretación de las medidas alternativas a la detención para los condenados a penas por delitos obstativos de primera categoría. En un contexto jurídico en continua evolución, esta decisión se enmarca dentro de las recientes reformas legislativas, en particular las introducidas por el decreto ley n. 162 de 2022.

El contexto normativo y las novedades introducidas

El artículo 4-bis del ordenamiento penitenciario ha sufrido modificaciones sustanciales, que impactan directamente en la evaluación de las medidas alternativas. Antes de estas reformas, la colaboración con la autoridad judicial era un requisito fundamental para el acceso a tales medidas. Sin embargo, la sentencia en cuestión establece que, tras las modificaciones legislativas, la colaboración no es más un elemento decisivo.

En particular, la Corte precisa que la presunción de mantener vínculos con la organización criminal es ahora considerada relativa. Esto significa que el juez tiene la tarea de examinar el proceso reeducativo del condenado, evaluando eventuales ausencias de vínculos con la criminalidad organizada, tanto actuales como potenciales.

Las implicaciones de la decisión

01 Presidente: ROCCHI GIACOMO. Ponente: ALIFFI FRANCESCO. Relator: ALIFFI FRANCESCO. Acusado: CATARISANO GIUSEPPE. P.M. PASSAFIUME SABRINA. (Dif.) Anula con reenvío, TRIB. VIGILANCIA GENOVA, 07/09/2022 563000 INSTITUTOS DE PREVENCIÓN Y DE PENA (ORDENAMIENTO PENITENCIARIO) - Medidas alternativas a la detención - Condenados por delitos obstativos de primera categoría - Modificaciones al art. 4-bis ord. pen. con d.l. n. 162 de 2022 - Falta de colaboración del condenado - Irrelevancia - Presunción relativa de vínculos con la asociación criminal - Poderes instructorios del juez ex art. 4-bis, párrafo 2, ord. pen. - Evaluación del proceso reeducativo y de la ausencia de vínculos con la criminalidad - Necesidad.

Esta transformación tiene un impacto significativo en el sistema penal y en las posibilidades de acceso a medidas alternativas. Los jueces, ahora dotados de poderes instructorios ampliados, deben evaluar de manera más profunda y completa el proceso de reinserción social del condenado. Las implicaciones son múltiples:

  • Mayor atención al contexto individual del condenado.
  • Posibilidad de una evaluación más justa de las reales capacidades de reinserción social.
  • Reconocimiento de la importancia de la reeducación en relación con la mera colaboración con las autoridades.

Conclusiones

La sentencia n. 35682 de 2023 representa un punto de inflexión importante en el tratamiento de los condenados por delitos obstativos. La modificación de la presunción de vinculación con la criminalidad organizada y el énfasis en la evaluación del proceso reeducativo ofrecen una nueva perspectiva para los sujetos involucrados. La Corte de Casación, por lo tanto, no solo ha destacado la importancia de la reeducación, sino que también ha reafirmado el papel central del juez en la evaluación de las medidas alternativas, promoviendo un enfoque más humano y contextualizado.