La sentencia n. 14489 de 2022 de la Corte de Casación ofrece puntos significativos para comprender la complejidad de las agravantes en el delito de robo. En particular, la Corte se ha detenido en la relación entre las agravantes previstas en el art. 61, apartado 5, y las de las que trata el art. 628, apartado 3, n. 3-bis del Código Penal. Este análisis es fundamental para los operadores del derecho, ya que aclara qué circunstancias pueden llevar a sanciones más severas en el delito de robo.
El delito de robo, regulado por el art. 628 del Código Penal, se caracteriza por la violencia o la amenaza ejercida sobre la víctima, con el fin de apropiarse de bienes ajenos. Las agravantes previstas por los artículos citados en la sentencia son dos: la primera (art. 61, n. 5) se aplica en caso de circunstancias particularmente negativas, mientras que la segunda (art. 628, apartado 3, n. 3-bis) se aplica cuando el robo ocurre en un lugar que obstaculiza la defensa pública o privada.
Agravante de la que trata el art. 628, apartado tercero, n. 3-bis, cod. penal. - Agravante de la que trata el art. 61, n.5, cod. penal. - Relación de especialidad - Existencia - Razones. En materia de robo, aunque el ámbito de operatividad del art. 61, n. 5, cod. penal., de alcance más amplio, coincida con el de la agravante del art. 628, tercer apartado, n. 3-bis) cod. penal. cuando la conducta tenga lugar en un «lugar que obstaculice la defensa pública o privada», la agravante prevista en el art. 628 prevalece, por ser especial, sobre la común del art. 61, n. 5, habiendo entendido el legislador, para el delito de robo, sancionar más gravemente una conducta considerada particularmente negativa.
La Corte ha aclarado que, a pesar del alcance más amplio del art. 61, n. 5, en el contexto del robo, la agravante del art. 628 debe ser considerada prevalente. Esto significa que, en el caso de un robo cometido en un lugar que obstaculiza la defensa, la agravante especial se aplica de manera exclusiva, reflejando la voluntad del legislador de sancionar severamente tales conductas. Esta interpretación está respaldada por precedentes jurisprudenciales, que han confirmado la importancia de considerar las especificidades de la conducta criminal.
La sentencia n. 14489 de 2022 representa una importante clarificación para la aplicación de las normas relativas al robo y sus agravantes. Los operadores del derecho deben tener en cuenta estas distinciones para una correcta evaluación de las circunstancias cuando se enfrentan a casos de robo. La prevalencia de la agravante especial, en este contexto, resalta la intención de garantizar una respuesta jurídica adecuada a comportamientos considerados particularmente dañinos para la sociedad.