La reciente sentencia n. 39724 del 10 de septiembre de 2024, depositada el 29 de octubre de 2024, ofrece reflexiones significativas sobre la procedibilidad de la acción penal en relación con los menores mayores de catorce años. En particular, la Corte de Casación ha aclarado que no es necesario que la querella presentada por el padre contenga una declaración explícita de representación del menor, excluyendo así un requisito formal que podría haber complicado aún más el acceso a la justicia para los menores.
Según el artículo 120, párrafo 3, del Código Penal, la querella presentada por un padre en nombre de un menor mayor de catorce años no debe contener una fórmula específica de representación. La Corte ha destacado que este requisito no está previsto por la norma, otorgando al padre un derecho autónomo y distinto en comparación con el del menor. Este aspecto es fundamental, ya que garantiza la posibilidad de acción legal incluso en situaciones en las que el menor pueda no querer proceder.
Menor mayor de catorce años - Querella presentada por el padre - Presentación en calidad de padre - Necesidad - Exclusión - Razones - Consecuencias. En materia de procedibilidad de la acción penal, a efectos de la validez de la querella presentada por el padre de un menor mayor de catorce años, no es necesario que el acto contenga una fórmula explícita con la que el padre declare presentar el acto por el menor, no siendo tal requisito previsto por el art. 120, párrafo tercero, del código penal. (En la motivación, la Corte ha afirmado que la norma atribuye al padre un derecho distinto y autónomo en comparación con el reconocimiento al menor representado, ejercitable también en presencia de una voluntad contraria o tras el ejercicio por parte de este último).
Esta sentencia tiene un impacto significativo en la práctica legal. En primer lugar, simplifica el proceso de querella para los padres, que ya no deben preocuparse por redactar documentos complejos o incluir declaraciones específicas que podrían obstaculizar la procedibilidad de la acción. Además, la decisión refleja una evolución de la jurisprudencia hacia una mayor protección de los derechos de los menores, permitiendo a los padres intervenir activamente incluso en caso de oposición por parte de los hijos.
En conclusión, la sentencia n. 39724 de 2024 representa un importante avance en la protección de los derechos de los menores y en la simplificación de los procedimientos legales. Ofrece una interpretación clara de las normas vigentes, eliminando requisitos formales superfluos y fomentando un enfoque más directo y protector hacia los menores mayores de catorce años. Las implicaciones de esta decisión serán sin duda objeto de discusión y análisis en los próximos años, contribuyendo a delinear un marco jurídico cada vez más atento a las necesidades de protección y justicia para los jóvenes.