La reciente sentencia n. 36924 del 12 de septiembre de 2024 de la Corte de Apelación de Nápoles ofrece importantes aclaraciones en relación con la configurabilidad del delito de ocupación abusiva de espacio dominial marítimo. El objeto de la controversia se refería a la interpretación y aplicación de las normas relativas a la desdominialización y a la legitimación de los espacios dominiales, con especial referencia al Código de Navegación y a la Ley n. 1766 de 1927.
La cuestión central tratada en la sentencia se refiere al artículo 1161 del Código de Navegación, que penaliza la ocupación abusiva de áreas dominiales. La Corte ha establecido que no es suficiente la presencia de un decreto de desdominialización para excluir la configurabilidad del delito. De hecho, según la sentencia, la mera existencia de un decreto de legitimación, emitido conforme al artículo 9 de la Ley n. 1766 de 1927, no tiene valor sustitutivo con respecto al decreto de desdominialización previsto por el artículo 35 del Código de Navegación.
Delito de ocupación abusiva de espacio dominial marítimo - Decreto de desdominialización - Necesidad - Relevancia "sustitutiva" de un decreto anterior de "legitimación" emitido ex art. 9 ley n. 1766 de 1927 - Exclusión - Razones. En materia de ocupación abusiva de área dominial de la que trata el art. 1161 cod. nav., excluye la configurabilidad del delito la sola existencia de un decreto expreso de "desdominialización" emitido conforme al art. 35 cod. nav., no pudiéndose reconocer análoga valencia al decreto de "legitimación" ex art. 9, párrafo 1, ley 6 de junio de 1927, n. 1766, que intervino antes de la aprobación de dicho código, dado que puede tener por objeto tierras de uso cívico pertenecientes a municipios, fracciones o asociaciones, pero no bienes dominiales marítimos.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones prácticas para los operadores del sector y los ciudadanos. En particular, destaca que:
En conclusión, la sentencia n. 36924 de 2024 ofrece un importante reconocimiento sobre los requisitos necesarios para excluir la configurabilidad del delito de ocupación abusiva de espacio dominial marítimo. Subraya la necesidad de un decreto de desdominialización para legitimar la ocupación, excluyendo la validez de decretos anteriores de legitimación. Esta aclaración es crucial para garantizar la correcta aplicación de las normas y para proteger el patrimonio dominial marítimo, fundamental para la colectividad.