Comentario a la Sentencia n. 44096 de 2024: Remisión a Juicio y Anormalidad Procesal

La sentencia n. 44096 del 7 de noviembre de 2024, publicada el 3 de diciembre de 2024, ofrece una importante reflexión sobre las dinámicas procesales relacionadas con la remisión a juicio por delitos previstos en el art. 73, párrafo 5, del d.P.R. n. 309 de 1990. En particular, la Corte de Casación ha destacado la anormalidad de una orden emitida por el juez de la audiencia preliminar, que erróneamente dispuso la devolución de los actos al fiscal después de la modificación del máximo penal, lo que llevó a una decisión crucial respecto a la legitimidad de las acciones emprendidas en el proceso.

El Contexto Normativo y la Modificación Legislativa

El delito al que se refiere el art. 73, párrafo 5, del d.P.R. n. 309/1990 se refiere a las violaciones en materia de sustancias estupefacientes. La reciente modificación introducida por el d.l. n. 123 de 2023, convertido por la ley n. 159 de 2023, ha elevado el máximo penal de la pena por este delito a cinco años de prisión. Esta modificación tiene un impacto directo en las modalidades de gestión de las solicitudes de remisión a juicio y en las decisiones consecuentes por parte de la magistratura.

El Punto Crucial de la Sentencia

Solicitud de remisión a juicio por el delito previsto en el art. 73, párrafo 5, d.P.R. n. 309 de 1990 posterior a la entrada en vigor del d.l. n. 123 de 2023, convertido, con modificaciones, por la ley n. 159 de 2023 - Transmisión de los actos al fiscal para la emisión del decreto de citación a juicio - Anormalidad - Existencia. Es anormal la orden con la que el juez de la audiencia preliminar, encargado de la solicitud de remisión a juicio por el delito previsto en el art. 73, párrafo 5, d.P.R. 9 de octubre de 1990, n. 309, presentada después de la modificación introducida por el art. 4 del d.l. 15 de septiembre de 2023, n. 123, convertido, con modificaciones, por la ley 13 de noviembre de 2023, n. 159, que ha elevado el máximo penal a cinco años de prisión, disponga erróneamente la devolución de los actos al fiscal para que proceda con la citación directa a juicio.

La Corte consideró que la orden en cuestión era anormal, ya que contraria a las disposiciones normativas que regulan el procedimiento penal. El error del juez de la audiencia preliminar llevó a una violación de las garantías procesales, lo que podría tener efectos significativos en el derecho de defensa del imputado.

Conclusiones

La sentencia n. 44096 de 2024 subraya la importancia de una aplicación rigurosa de las normas procesales y la necesidad de que los jueces actúen respetando las recientes modificaciones legislativas. Al errar en la gestión de las solicitudes de remisión a juicio, se corre el riesgo no solo de comprometer el proceso penal, sino también de minar la confianza en todo el sistema jurídico. Este caso sirve como un aviso para los operadores del derecho y para los jueces, a fin de que se preste la máxima atención a las evoluciones normativas y se garantice siempre el respeto de los derechos fundamentales de los imputados.

Estudio Jurídico Bianucci