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La Sentencia n. 11325 del 2023: Autorreciclaje y Juego de Azar

La reciente sentencia de la Corte de Casación, n. 11325 del 16 de marzo de 2023, ha puesto el foco en el delicado tema del autorreciclaje, en particular en lo que respecta al uso de dinero en actividades de juego y apuestas. La decisión ha confirmado la interpretación según la cual tales actividades pueden ser consideradas como "actividades especulativas" a los efectos del art. 648-ter.1 del código penal, abriendo importantes reflexiones sobre el límite entre el juego lícito y las conductas delictivas.

El Caso y la Decisión del Tribunal de Roma

El Tribunal de Roma había rechazado la solicitud de revisión presentada por A.A. contra un decreto de embargo preventivo, sosteniendo que el uso de dinero en las apuestas deportivas constituye una conducta de autorreciclaje. La Corte ha subrayado que el término "actividad especulativa" puede incluir el juego de azar, ya que tal actividad es capaz de hacer que los ingresos de un delito no sean rastreables. Este enfoque también se encuentra respaldado por la jurisprudencia anterior, como se evidencia en la sentencia Sanna (Sez. 2, n. 13795 de 2019).

El concepto de alea, característico del juego o la apuesta, no resulta ontológicamente diferente o inconciliable con el de riesgo calculable.

Las Implicaciones Jurídicas de la Sentencia

La sentencia ha aclarado que la introducción de dinero ilícito en el juego de azar representa una forma de enmascarar la procedencia delictiva de los fondos. La Corte ha rechazado las objeciones de la defensa, que sostenían que el dinero utilizado en las apuestas era rastreable y, por lo tanto, no podía constituir el delito de autorreciclaje. En particular, se ha destacado que la trazabilidad no impide la contaminación del sistema económico con capitales de procedencia ilícita.

  • El juego de azar como actividad especulativa.
  • La trazabilidad del dinero no excluye la disimulación de la procedencia ilícita.
  • La importancia de la actividad de apuestas en el contexto del reciclaje de dinero.

Conclusiones

La sentencia n. 11325 del 2023 representa un importante paso en la jurisprudencia italiana respecto al autorreciclaje y las actividades de juego. La Corte ha reiterado que el riesgo asociado al juego de azar puede considerarse como una actividad especulativa, con todas las consecuencias penales que ello conlleva. Los profesionales del derecho y los operadores del sector deben prestar atención a estas nuevas interpretaciones, que podrían tener un impacto significativo en las futuras decisiones jurídicas.