Comentario a la Sentencia n. 24357 de 2023: Delitos Electorales y Acumulación de Boletas

La Sentencia n. 24357 del 25 de enero de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes reflexiones sobre los delitos electorales, en particular sobre el comportamiento de los presidentes de mesa durante el escrutinio de las boletas. La decisión se centra en el delito de peligro previsto por el art. 96 del d.P.R. n. 570 de 1960, estableciendo que acumular boletas sin una inmediata asignación de voto puede constituir un ilícito penalmente relevante.

El Caso y la Sentencia

El caso se refiere a un presidente de mesa que, durante las operaciones de escrutinio en un municipio con menos de 10.000 habitantes, acumuló algunas boletas para evaluarlas posteriormente, en lugar de asignarles inmediatamente el voto. Este comportamiento fue considerado ilegítimo por los jueces, quienes subrayaron la importancia de una pronunciamiento oportuno sobre la asignación de los votos, como se prevé en los artículos 54 y 63 del d.P.R. n. 570 de 1960.

Elecciones municipales - Operaciones de escrutinio - Acumulación de boletas, con reserva de asignación del voto al término del escrutinio - Delito de peligro de acuerdo con el art. 96 del d.P.R. n. 570 de 1960 - Existencia - Razones. En materia de delitos electorales, integra el delito de que trata el art. 96 d.P.R. 16 de mayo de 1960, n. 570, la conducta del presidente de mesa que, durante las operaciones de escrutinio de elecciones relativas a un municipio con una población no superior a 10.000 habitantes, acumule una o más boletas extraídas de la urna y reserve evaluarlas al resultado del escrutinio, omitiendo así adoptar el pronunciamiento inmediato sobre la asignación de cada voto individual prescrito por los arts. 54 y 63 del d.P.R. citado, ya que tal ilícito tiene naturaleza de delito de peligro dirigido a evitar el riesgo de fraudes electorales.

Implicaciones Jurídicas

La decisión de la Corte de Casación no solo reafirma la necesidad de respetar los procedimientos electorales, sino que también destaca el concepto de delito de peligro. Este tipo de delito se caracteriza por la creación de una situación de riesgo, más que por un daño ya consumado. En este contexto, el comportamiento del presidente de mesa, al acumular boletas, genera un riesgo potencial de fraude, justificando así la aplicación de la norma penal.

  • Respetar los procedimientos de votación es fundamental para la transparencia de las elecciones.
  • El delito de peligro busca prevenir comportamientos susceptibles de comprometer la integridad del proceso electoral.
  • La sentencia sirve como advertencia para todos los operadores involucrados en las elecciones, destacando la importancia del respeto a las normas.

Conclusiones

En conclusión, la Sentencia n. 24357 de 2023 ofrece una importante guía sobre la conducta a seguir durante el escrutinio de las boletas electorales. Subraya la responsabilidad de los presidentes de mesa en garantizar la regularidad y la transparencia de las operaciones de votación, destacando que cada omisión puede tener consecuencias penales. Este pronunciamiento no solo refuerza la normativa existente, sino que también sirve para educar y sensibilizar a todos los actores involucrados en el proceso electoral sobre la importancia de la legalidad y la corrección en las elecciones.

Estudio Jurídico Bianucci