Robo de energía eléctrica: comentario sobre la sentencia n. 13776 de 2024

La sentencia n. 13776 de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes puntos de reflexión respecto a la disciplina penal del robo de energía eléctrica, en particular a la luz de las recientes modificaciones legislativas introducidas por la llamada Reforma Cartabia (d.lgs. n. 150 de 2022). La decisión, que rechaza el recurso del Ministerio Público, aclara el régimen de procedibilidad de las figuras delictivas de robo de energía, en relación con el vencimiento de los plazos para la presentación de la denuncia.

El contexto normativo y las modificaciones de la Reforma Cartabia

Antes de la Reforma Cartabia, el robo de energía eléctrica era siempre procedible de oficio, pero con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, este delito se convirtió en procedible a denuncia. En concreto, esto significa que para perseguir penalmente al responsable, es necesaria la denuncia de la persona agraviada.

La Corte ha subrayado que, en caso de robo de energía eléctrica agravado por el uso de medios fraudulentos, la imputación de la agravante de destino a servicio público no tiene relevancia si se formula después del plazo para la presentación de la denuncia. Esto implica que, si la denuncia no se ha presentado dentro de los plazos previstos, la agravante no puede ser utilizada para hacer que el delito sea procedible de oficio.

La máxima de la sentencia y su interpretación

Robo de energía eléctrica - Uso de medio fraudulento - Procedibilidad a denuncia - Transcurso del plazo de acuerdo al art. 85 d.lgs. n. 150 de 2022 (llamada Reforma Cartabia) - Imputación supletiva de la agravante de destino a servicio público - Relevancia - Exclusión - Figuras. En materia de robo de energía eléctrica agravado por el uso fraudulento, que se ha vuelto procedible a denuncia por efecto de la modificación introducida por el d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, la imputación de la agravante de destino a servicio público, que hace que el delito sea procedible de oficio, no tiene relevancia si se ha formulado después de la expiración del plazo para la presentación de la denuncia por parte de la persona agraviada.

Esta máxima resalta un aspecto crucial: la oportunidad de la denuncia es fundamental para la procedibilidad del delito. Si la denuncia no se presenta dentro de los plazos establecidos, el delito no puede ser perseguido, incluso si existen agravantes que, en otros contextos, podrían activar la procedibilidad de oficio.

Consideraciones finales sobre la sentencia

La sentencia n. 13776 de 2024 se inserta en un contexto jurídico en evolución, donde la Reforma Cartabia ha introducido significativas novedades en la procedibilidad de los delitos. Es fundamental que los ciudadanos sean conscientes de estos cambios, ya que la oportunidad en la presentación de la denuncia se convierte en un aspecto crucial para el perseguimiento de delitos como el robo de energía eléctrica. La decisión de la Corte de Casación no solo aclara los términos de aplicación de la ley, sino que también invita a reflexionar sobre la importancia de una acción oportuna por parte de la persona agraviada.

Estudio Jurídico Bianucci