Comentario a la Sentencia n. 624 del 2024: El Homicidio Preterintencional y el Papel de la Previsibilidad

La reciente sentencia n. 624 del 23 de octubre de 2024, emitida por la Corte de Asís de Apelación de Bari, representa un momento importante de reflexión para el derecho penal italiano, particularmente en lo que respecta al delito de homicidio preterintencional. La Corte ha analizado en detalle el elemento subjetivo necesario para configurar este delito, enfatizando la combinación de dolo y previsibilidad en concreto.

El Elemento Subjetivo en el Homicidio Preterintencional

La Corte ha aclarado que el elemento psicológico del homicidio preterintencional surge de la combinación de dolo, referido al delito de agresiones o lesiones, y de la previsibilidad en concreto del evento mortal. En este caso específico, el acusado, I. B., había agarrado a su pareja del brazo, limitando sus movimientos mientras ella intentaba liberarse. Tal conducta resultó letal, ya que la mujer impactó contra una puerta de cristal, sufriendo lesiones que le causaron la muerte.

Elemento subjetivo - Dolo mezclado con previsibilidad en concreto - Supuesto. El elemento psicológico del delito de homicidio preterintencional es una combinación de dolo, por el delito de agresiones o lesiones, y de previsibilidad en concreto, por el evento mortal. (En este supuesto, la Corte consideró existente el coeficiente psicológico de la previsibilidad en concreto a la luz de la conducta del acusado, quien había agarrado a su pareja del brazo, limitando sus movimientos mientras ella intentaba liberarse, cerca de una puerta de cristal, que constituía una evidente fuente de peligro, contra la cual la mujer iba a impactar, sufriendo lesiones que le habían causado la muerte).

La Previsibilidad del Evento Mortal

Un aspecto crucial de la sentencia es la evaluación de la previsibilidad en concreto del evento mortal. La Corte consideró que el acusado, actuando en un contexto de alta peligrosidad, tenía la responsabilidad de prever las consecuencias de sus acciones. Este principio está en línea con la jurisprudencia europea y nacional, que requiere una cuidadosa consideración de las circunstancias en las que se desarrollan las conductas agresivas.

  • La conducta del acusado debe ser evaluada en el contexto del riesgo creado.
  • La previsibilidad del evento debe ser analizada a la luz de las modalidades de ejecución del delito.
  • La responsabilidad penal se basa en la capacidad de prever el resultado de sus acciones.

Conclusiones

La sentencia n. 624 del 2024 ofrece una importante reflexión sobre el homicidio preterintencional y el elemento subjetivo. La distinción entre dolo y previsibilidad es fundamental para comprender la responsabilidad penal en situaciones de violencia. Es esencial que los operadores del derecho y los ciudadanos comprendan el significado de estas dinámicas, para que se puedan prevenir eventos trágicos como el descrito. La jurisprudencia continúa evolucionando, y casos como este nos recuerdan la importancia de una justicia consciente y atenta a la complejidad de las relaciones humanas.

Estudio Jurídico Bianucci